MARTINEZ MARCELO OSCAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó un reajuste previsional por la actualización de remuneraciones y la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 807/16. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada y rechazó los agravios sobre el método de actualización y la pretensión de una tasa de sustitución mínima, sosteniendo la razonabilidad de los índices legales aplicados.
¿Quién es el actor?
MARTINEZ MARCELO OSCAR (la actora).
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Se impugna el método de actualización de las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial (cuestionamiento de la aplicación de la ley 27.609 y solicitud de inconstitucionalidad del Decreto 807/16) y se peticiona la aplicación de una tasa de sustitución mínima.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia recurrida en lo principal que decide y fue materia de agravios, rechazando las pretensiones de la actora respecto de la actualización de remuneraciones y de la aplicación de una tasa de sustitución mínima; además impuso costas en la alzada y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se hubiera estipulado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales de los párrafos más relevantes):
"Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes."
"Que respecto a la tasa de sustitución pretendida en autos cabe remitirse a la doctrina del Alto Tribunal del 16.06.2018 in re 'Benoist, Gilberto c/ANSeS s/previsionales ley 24.463'... 'Que en la ley 24.241, por el contrario, no resulta necesaria la existencia de un porcentual para calcular el monto del beneficio, sino que este surge del empleo de las normas que regulan sus distintos componentes. De tal modo, el régimen vigente no se basa en una tasa de sustitución expresa y aplicable a todos los beneficiarios sino que esa relación entre ingresos y prestaciones surge implícita de los cálculos realizados y varía según la cantidad de servicios con aportes que hubiere acreditado cada peticionario y del nivel de las remuneraciones percibidas.' (consid. 8º)."
"Que el Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión en torno a las siguientes cuestiones: Respecto al agravio que versa sobre la actualización de las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial, atento a que todas las remuneraciones utilizadas para dicho cálculo son posteriores a marzo de 2009, corresponde rechazar los agravios intentados al respecto debido a que el actor no lograr demostrar el perjuicio concreto que la aplicación de la normativa cuyo desplazamiento pretende le irroga."
- Votos en disidencia: no consta disidencia que altere la decisión mayoritaria; el Dr. Juan A. Fantini Albarenque manifiesta "deja a salvo su opinión" sobre ciertas cuestiones, pero la decisión final se adoptó por mayoría y fue la indicada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: