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UZZANTE MIRIAM DEL VALLE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó la actora reajustes sobre la Prestación Básica Universal y el cálculo del haber inicial contra ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social difirió para la etapa de ejecución los planteos sobre actualización de la PBU y la aplicación de topes, y confirmó la sentencia recurrida en lo demás, imponiendo costas y fijando honorarios del 30% para la dirección letrada de la actora.

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¿Quién es el actor?

Uzzante Miriam del Valle (actora).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios, en particular actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) como componente del haber inicial; cuestionamiento de la aplicación de topes de haberes (art. 26 ley 24.241); impugnación de retención del impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

La Cámara difirió el tratamiento del planteo referido a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; diferió también para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido a la aplicación de topes de haberes; confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; impuso costas a la apelada y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "Que respecto a la retención del impuesto a las ganancias, la CSJN ya se ha expedido en casos de aristas similares ... por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido." "Sin perjuicio de lo que aquí, se resuelve, conforme lo dispone expresamente el art 271 del CPCCN, esta Alzada examinó sólo los planteos de hecho y de derecho conducentes ... sometidos a la decisión del juez de primera instancia que fueron materia de agravios, encontrándose el Tribunal limitado en ese sentido y no pudiendo excederse de dicha medida; por lo que, las restantes cuestiones decididas que no han sido materia de tratamiento en la presente deberán, en el momento procesal oportuno, abordarse de manera integral por el juez de grado."
- Disidencias relevantes: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión en torno a ciertas cuestiones y expresa en el texto que "Respecto al agravio que versa sobre la actualización de las remuneraciones utilizadas para el cálculo del haber inicial... corresponde rechazar los agravios intentados al respecto debido a que el actor no lograr demostrar el perjuicio concreto..." (esta opinión personal queda registrada pero la resolución mayoritaria difirió el tratamiento de la PBU para la ejecución).

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