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FRANCIONE OSCAR ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajuste de haberes y actualización de la Prestación Básica Universal reclamó el actor contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo sustancial, dejó sin efecto determinadas regulaciones procesales y difirió varios análisis (PBU, topes, revisión) para la etapa de ejecución, y reguló costas y honorarios de Alzada.

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¿Quién es el actor?

FRANCIONE OSCAR ALFREDO (parte actora).

¿A quién se demanda?

ANSES (organismo previsional).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios; actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial, determinación de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes de haberes, inconstitucionalidad de normas (art. 9 ley 24.463, arts. 1 y 2 ley 27.426, ley 27.541, art. 14.2 Res.SSS 06/09), y costas/honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se confirmaron la mayoría de los pronunciamientos de la sentencia de grado que fueron objeto de agravios; en particular, se confirmó la actualización de las remuneraciones conforme al método de la ley 27.609 y concordantes, y se confirmó la imposición de costas a la demandada en la instancia de grado en los términos expuestos. Se dejaron sin efecto la regulación de honorarios de la dirección letrada por las tareas cumplidas en la instancia de grado (diferida su determinación), lo dispuesto sobre el art. 14.2 de la RES.SSS 6/09 y lo decidido sobre la ley 27.541; se diferieron para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre aplicación de topes de haberes y el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU conforme a “Quiroga”. Se fijaron los honorarios de la dirección letrada de la actora por su actuación en la Alzada en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior. Costas por su orden en la Alzada (arts. 68 CPCCN y 36 ley 27.423). Protocolícese y notifíquese.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes." "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas..." "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)." "Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Votos en disidencia relevantes: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresada su opinión particular y sostuvo, respecto de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial, que "corresponde revocar lo dispuesto en la instancia de grado y declarar la inconstitucionalidad del art. 4 de la ley 27.609 con los alcances señalados." Esa postura quedó expresada como opinión individual y no integró la decisión mayoritaria del Tribunal, que se pronunció en los términos del bloque resolutorio.

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