Logo

ANDREOZZI PATRICIA CECILIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió acción por reajustes varios contra ANSeS, reclamando actualización de haberes y de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia de grado: revocó la orden de aplicar la diferencia porcentual sobre los haberes de enero-febrero de 2021, diferió para ejecución el examen de los topes y de la actualización de la PBU, y confirmó el resto de lo decidido y las reglas de costas.

Reajustes varios Anses Prestacion basica universal Topes de haberes Ley 27.609 Ley 27.541 Costas Prescripcion bienal Interes (tasa pasiva promedio) Seguridad social


¿Quién es el actor?

ANDREOZZI PATRICIA CECILIA (actora).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Organismo previsional).
- Objeto de la demanda: Reclamos por reajustes varios —actualización de remuneraciones para cálculo de haber inicial (PC, PAP, IB), actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes de haberes, retención del impuesto a las ganancias, costas e intereses— en el marco de beneficios cuya fecha de adquisición del derecho es 19/01/2018.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia de grado en parte: revocó la orden de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los efectivamente abonados en 2020; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios relativos a la aplicación de topes de haberes (art. 9 ley 24.463 y Resolución SSS 6/2009) y el cuestionamiento sobre la actualización de la PBU como componente del haber inicial; confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; confirmó la imposición de costas en primera instancia conforme al art. 68 CPCCN condicionada a la liquidación, y fijó en alzada costas por su orden y honorarios de la dirección letrada de la actora en 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): 1) "En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra, por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada." 2) "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos 'Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios', Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución." 3) "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre varios puntos (expresada en voto), pero la decisión del Tribunal se expresa en el bloque dispositivo que antecede, por lo que la mayoría resolvió conforme lo transcripto.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar