Logo

LAMAS RAFAEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamaron reajustes varios contra ANSeS por haberes y aplicación de movilidad; la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la orden de aplicar a los haberes de enero/febrero 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y abonados en 2020, pospuso para liquidación la revisión de la PBU y de los topes, y confirmó la sentencia en lo demás, imponiendo costas por su orden en la alzada.

Anses Prestacion basica universal Movilidad Ley 27.609 Topes de haberes Emergencia economica Costas Liquidacion de sentencia Impuesto a las ganancias Revision de haberes


¿Quién es el actor?

Lamas Rafael (beneficiario de prestación previsional; adquisición del derecho 30/10/2018).

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: reclamos por reajustes varios de haberes previsionales, cuestionamiento de aplicación de aumentos suspendidos de 2020 sobre la base de enero/febrero 2021 (movilidad conforme ley 27.609), determinación y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicación de topes (art. 26 ley 24.241 y art. 9 ley 24.463/Resolución SSS 6/2009), retenciones de impuesto a las ganancias, y costas.

¿Qué se resolvió?

la Cámara, por mayoría, revocó la decisión de grado en cuanto ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual que pudiera existir entre los aumentos suspendidos y los efectivamente abonados durante 2020; pospuso el tratamiento de la Prestación Básica Universal para la etapa de liquidación de la sentencia; pospuso el análisis de la aplicación de topes de haberes en actividad para la etapa de ejecución; confirmó la sentencia recurrida en lo demás; confirmó la imposición de costas de la instancia de grado conforme al art. 68 del CPCCN y previó costas por su orden en la alzada; y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripciones literales de los párrafos relevantes): "En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra, por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada." "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero ..." "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463 Resolución SSS 6/2009) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
- Citas jurisprudenciales y normas invocadas (textuales relevantes incluidas en el fallo): "conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo'"; "cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA'"; "in re 'Actis Caporale' Fallos 323:4216"; referencia al índice según precedente "Badaro Adolfo Valentín c/ ANSeS s/reajustes varios” Fallos: 330:4866.
- Voto en reserva/diferente: el Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión en torno a las siguientes cuestiones" respecto del índice para actualizar la PBU y la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en ciertos supuestos; esa manifestación fue dejada expresamente a salvo pero la resolución consignada corresponde al acuerdo mayoritario.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar