LEDESMA HUGO RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS reclamando reajustes varios del haber previsional y la exención de retenciones por impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en cuanto fue materia de agravios, diferió para la ejecución el análisis sobre la aplicación de topes de haberes y confirmó la distribución de costas y la liquidación de honorarios conforme a la ley 27.423.
¿Quién es el actor?
LEDESMA HUGO RAMON.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios del haber previsional (revisión del haber inicial, aplicación de índices de actualización, Prestación Básica Universal, inaplicabilidad de retención por impuesto a las ganancias, y cuestionamiento de topes de haberes y normas administrativas).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia recurrida en todo lo que fue objeto de agravios, diferió para la etapa de ejecución el examen del cuestionamiento acerca de la aplicación de topes de haberes (art. 26 ley 24.241; art. 9 ley 24.463; Resolución SSS 6/2009), confirmó la imposición de costas conforme al art. 68 del CPCCN en caso de que de la liquidación surjan sumas a favor del actor (y, en caso contrario, su regulación en el orden causado según art. 36 ley 27.423), y determinó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se fije para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero recaídos en los expedientes 38794/2010: “SADOFSCHI”, sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 “MARINATI”, sentencia del 14 de julio de 2022."
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Voto/Opinión particular relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión respecto a la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 y sostuvo que "se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal...", opinión que fue consignada por ese juez dentro del cuerpo del fallo, sin que el acuerdo final resolviera el fondo ahora sino que difirió su examen para ejecución.
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