TOLEDO SILVIA LUJAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas de la ley 24.241. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar a la demanda, ordenó recalcular y actualizar el haber, dispuso pago de las diferencias según la movilidad y reguló costas y honorarios conforme a la ley 27423 y el art. 1255 del CCyCN.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Toledo Silvia Luján.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajuste y recálculo de haberes previsionales otorgados bajo la ley 24.241, impugnación de la constitucionalidad de determinadas normas relativas al cálculo y topes del haber y condena al pago de las diferencias y sus intereses.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda, ordenando a ANSeS en el plazo de 120 días desde que exista sentencia firme que proceda al recálculo del haber y a la actualización de los haberes conforme la movilidad y parámetros fijados; se dispuso pago de las acreencias retroactivas con intereses y se reguló costas y honorarios a favor de la actora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"2. La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad – de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma para el caso de existir sumas en favor del reclamante, desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
"4. Debo referir en relación a la pretensión de actualización del componente PBU, que dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326). ... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' sent. del 11/11/14, fallo en el que se vincula su cálculo a las variaciones salariales y en la medida en que importe –como allí reza
- una quita Superior al 15%."
"10. En relación a las inconstitucionalidades planteadas: a) ... nuestro Máximo Tribunal en autos 'Gualtieri Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' (sentencia del 11/4/2017), ... 'permitir que el trabajador que cotizó sólo por una parte de su salario de actividad en virtud del límite contenido en el art. 9º de la ley 24.241, obtenga una prestación que incluya las sumas por las que no contribuyó al sistema, constituiría un verdadero subsidio contrario a la protección del esfuerzo contributivo realizado por el conjunto de afiliados…' Por las razones expuestas, no corresponde hacer lugar a la declaración de inconstitucionalidad solicitada."
"d) ... el artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '…las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios...' Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, ... la declaró inconstitucional en este acto."
Además, el tribunal fijó que "Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina" y remite a precedentes "Pellegrini" y "Actis Caporale" para el tratamiento de topes y confiscatoriedad en la etapa de liquidación. Se consignó que las diferencias adeudadas "se abonarán sin quita alguna".
Disidencias: No se registra voto en disidencia; la parte resolutiva es única y dispuso íntegramente lo anterior.
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