Logo

SPINELLI ROGELIO ALBERTO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los accionantes reclamaron la inclusión de asignaciones no remunerativas y no bonificables en el cálculo del haber jubilatorio. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar a la demanda y ordenó incorporar dichas sumas al haber de retiro con carácter remunerativo y bonificable, pagar las diferencias retroactivas con intereses y limitar el haber al equivalente del personal en actividad.

Incorporacion al haber Asignaciones no remunerativas Policia de la ciudad Caja de retiros Retroactivos Interes Legitimacion pasiva Evolucion normativa Sueldo basico Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Rogelio Alberto Spinelli, Gloria Nora García Blanco y Esteban Oscar Llanes (personas retiradas de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires). Demandado: Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (CRJPPF); con intervención del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) como tercero citado. Objeto: Incorporación al “sueldo básico”/haber mensual de retiro, con carácter remunerativo y bonificable, de los incrementos salariales/ asignaciones creadas por la Resolución Conjunta RESFC-2021-8-GCABA-MHFGC y normas precedentes (sumas inicialmente calificadas como no remunerativas y no bonificables); pago de las diferencias retroactivas e intereses. Decisión: Se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva del GCABA; se hizo lugar a la demanda; se ordenó a la demandada incorporar al haber mensual de los actores, en el plazo de 90 días, las sumas analizadas con carácter remunerativo y bonificable, disponer el pago de las diferencias retroactivas con intereses; se estableció que el haber no podrá superar el correspondiente al personal en actividad; costas a la vencida; regulación de honorarios diferida a liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales): "Del examen de la normativa y de la prueba producida en autos, surge que las sumas en cuestión fueron inicialmente instituidas como asignaciones extraordinarias en el contexto de la emergencia sanitaria derivada de la pandemia COVID-19. Sin embargo, su evolución normativa permite advertir una transformación sustancial de su naturaleza. En efecto, dichas asignaciones, que en su origen tenían carácter temporal, fueron sucesivamente prorrogadas, luego incorporadas como suplemento general y, finalmente, integradas al sueldo básico del personal en actividad. Asimismo, se encuentra acreditado que dichas sumas fueron percibidas por la totalidad del personal en actividad, sin distinción alguna, lo cual constituye un elemento determinante para su calificación jurídica." "En tales condiciones, no resulta atendible sostener que se trata de conceptos de naturaleza excepcional o particular, en tanto su generalidad, permanencia y posterior incorporación al salario básico evidencian su carácter salarial." "En consecuencia, corresponde hacer lugar a la demanda, disponiendo la incorporación de las sumas en cuestión al haber mensual de la parte actora, con carácter remunerativo y bonificable."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión adoptada es la consignada en la Parte Resolutiva final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar