Logo

LOZANO CLAUDIO RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la A.N.Se.S. solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas. El Juzgado Federal Nº 2 hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes, ordenó a ANSeS realizar las liquidaciones correspondientes en un plazo de 120 días desde la firmeza y difirió al momento de ejecución el análisis de la ley 27.609, rechazando otros reclamos y regulando costas y honorarios.

Seguridad social Reajustes previsionales Anses Tope de haber Inconstitucionalidad Resolucion sss 6/09 art. 14.2 Ley 24.241 art. 26 Intereses y prescripcion Costas ley 27423 Honorarios art. 1255 ccycn.


¿Quién es el actor?

LOZANO CLAUDIO RAUL (parte actora).

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.Se.S.).
- Objeto de la demanda: se reclama el reajuste de los haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241, se impugnan topes y se plantean inconstitucionalidades de normas aplicables; se peticiona condena al pago de las diferencias resultantes.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar parcialmente a la demanda, en particular respecto de los topes analizados; se ordenó a ANSeS que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme proceda a aplicar lo dispuesto en la sentencia; los haberes que resulten modificados deberán abonarse dentro de ese plazo; se dispone que para el cálculo de acreencias retroactivas ANSeS contemple intereses y prescripción; se difiere el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la pretensión sobre suplementos extraordinarios; costas a ANSeS; se regulan honorarios de la dirección letrada conforme art. 1255 CCyCN en 15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante (con las previsiones indicadas). (La parte resolutiva citada arriba es la que manda.)
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como constan en la sentencia): 1) "Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados y, en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos -considerando que las actuaciones administrativas se encuentran en poder de la demandada
- proceda en la forma aquí dispuesta." 2) "Sobre el pedido de inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09, debo decir que ... Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y lo declaro inconstitucional en este acto." 3) "Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento [del art. 26 de la ley 24.241] para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado, (conforme los lineamientos del fallo 'Actis Caporale'...)." 4) "Para el cómputo de las acreencias retroactivas que eventualmente resulten en favor de la reclamante, deberá el organismo demandado contemplar los intereses aquí fijados y de acuerdo a lo resuelto en materia de prescripción." 5) "Costas a la ANSeS (art. 36 ley 27423). Regúlanse de honorarios ... en el 15% del importe del crédito que por todo concepto resulte en favor del reclamante ... adicionando en el caso de corresponder, el porcentaje correspondiente a IVA."
- Votos en disidencia: No se registra voto dividido; la sentencia es dictada por el Juzgado Federal 2 (voto único del juez firmante). Si hubiera habido disidencias, deben consignarse como tales; en este expediente no constan.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar