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VALDEZ HUGO JOSE BENITO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo previsional por reajustes y aplicación de topes de haberes contra ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social diferenció el análisis de la aplicación de topes para la etapa de ejecución, revocó lo resuelto sobre costas de primera instancia e impuso las costas al vencido si surgieran sumas a favor del actor, y confirmó la sentencia apelada en lo demás.

Prestacion basica universal Topes de haberes Costas Liquidacion Prescripcion bienal Anses Cpccn art. 68 Ley 27.423 Honorarios Ejecucion

Actor: VALDEZ HUGO JOSE BENITO. Demandado: ANSES. Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de la Prestación Básica Universal y determinación del haber previsional (cuestiones relativas a la aplicación de topes de haberes, art. 26 ley 24.241, art. 9 ley 24.463, Resolución SSS 06/09, actualización y prescripción).

¿Qué se resolvió?

La Cámara diferenció para la etapa de ejecución el tratamiento del cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; revocó lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado imponiéndolas al vencido conforme art. 68 del CPCCN cuando de la liquidación surjan sumas a favor del actor (y, en caso contrario, en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423); confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; fijó costas por su orden en la Alzada y determinó los honorarios de la actuación de la letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior. Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..."
- "Por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
- "Que la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho, (art. 82 de la ley 18037 ahora art. 168 de la ley 24241), toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal."
- "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCCN; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)." Disidencia (opinión reservada del Dr. Juan A. Fantini Albarenque): el Dr. Fantini dejó a salvo su opinión respecto de la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 cuando la aplicación de topes provoque una quita superior al 15%, y sostuvo que la norma resultaría inconstitucional en ese supuesto. Dicha opinión quedó en laato de votos y no integra la decisión de la mayoría.

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