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RAMOS FERREÑO ADRIANA SOLEDAD c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo contra ANSeS por reajustes de la Prestación Básica Universal y cómputo de aportes autónomos. La Cámara Federal de la Seguridad Social - Sala I confirmó la sentencia de grado respecto de los agravios planteados, ordenó costas a la vencida y fijó honorarios de la dirección letrada en el 30% de lo que se establezca en la instancia anterior.

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¿Quién es el actor?

RAMOS FERREÑO ADRIANA SOLEDAD.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios, con cuestionamiento de la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), tratamiento de aportes realizados en carácter de autónomo y del impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social
- Sala 1 confirmó la sentencia recurrida en lo principal que fue materia de agravios; condenó en las costas a la vencida en alzada y determinó honorarios por la actuación en esta alzada en el 30% de lo que se fije para la instancia anterior. Asimismo, dejó pautas para la liquidación y remisión correspondiente.
- Fundamentos principales (extractos textuales relevantes): "Que, en orden a la equiparación de las categorías aportadas de manera autónoma, ha de señalarse que la cuestión ha sido objeto de consideración en reiterados pronunciamientos dictados por la Sala III del Fuero y el criterio discernido en esos casos (computar el total de las categorías aportadas aun cuando el régimen aplicable era el de la ley 18038 ... ) fue avalado el 20.5.03 por la C.S.J.N. in re 'Makler, Simón c/ ANSeS s/ Inconstitucionalidad ley 24463', no resultando susceptibles de ajuste alguno los períodos incluidos en la moratoria que posibilitó el acceso al beneficio (leyes 24476, 25865 y 25994 –art. 6-), por los argumentos vertidos en casos análogos..." "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..." "Costas a la vencida en la Alzada, art. 68 del C.P.C.C.N. (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634); ello en tanto que surjan de la liquidación a practicarse, sumas a favor del actor por los agravios abordados por ante este Tribunal, siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)." "Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Votos / disidencias relevantes: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre la metodología de cómputo de servicios autónomos y sobre la PBU por considerar que en otras causas adoptó criterios que podrían perjudicar a la apelante, invocando el principio de reformatio in pejus; sin embargo, en definitiva votó por confirmar la sentencia apelada. No existe una decisión en minoría que modifique lo resuelto por la mayoría.

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