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LOPEZ WENSESLAA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió impugnación por reajustes aplicados a la Prestación Básica Universal y por la forma de cálculo de la movilidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de grado: difirió la revisión del haber inicial para la ejecución, revocó la orden de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y abonados en 2020, y dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la ley 27.609.

Prestacion basica universal Movilidad previsional Ley 27.609 Ley 24.463 art.9 Ejecucion Quiroga Anses Costas Impuestos a las ganancias inaplicabilidad Revision de haber inicial


¿Quién es el actor?

LOPEZ WENSESLAA (actor demandante de la PBU).

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relacionados con la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de método de movilidad (ley 27.609), aplicación de topes (art. 9 ley 24.463), retención del impuesto a las ganancias y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, difirió el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”; revocó lo dispuesto en la instancia de grado respecto de aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los abonados durante 2020; dejó sin efecto el diferimiento del tratamiento de la ley 27.609; confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado según lo indicado y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios. Se fijaron costas por su orden en la Alzada y honorarios de la dirección letrada en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero recaídos en los expedientes 38794/2010: “SADOFSCHI”, sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 “MARINATI”, sentencia del 14 de julio de 2022." "En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra, por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada." "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (Fallos: 346:634)... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Votos en disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque "deja a salvo su opinión" respecto de criterios aplicables al índice para la actualización de la PBU y se remite a precedentes distintos (expte. Berardi y otros), pero dicha postura quedó a salvo y no integró la mayoría decisoria.

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