SAN JUAN MARIO ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSES por reajustes varios de la Prestación Básica Universal y cuestionamiento de topes de haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social – Sala I confirmó la sentencia en lo resuelto, diferenció el tratamiento de los topes para la etapa de ejecución y confirmó la imposición de costas conforme al art. 68 CPCCN, ordenando honorarios del 30% para la dirección letrada de la actora en alzada.
¿Quién es el actor?
SAN JUAN MARIO ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios relativos a la Prestación Básica Universal y cuestionamiento de la aplicación de topes de haberes (art. 9 ley 24.463 y Resolución SSS 6/2009), más otras cuestiones vinculadas con tasa de interés y prescripción.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; diferió para la etapa de ejecución el examen del cuestionamiento respecto de la aplicación de topes de haberes; confirmó la prescripción aplicada y la modalidad de actualización (aplicación de la Tasa Pasiva Promedio mensual que publica el BCRA para la retroactividad); confirmó la solución sobre costas de grado (imposición al vencido conforme art. 68 CPCCN, sujetas a lo que surja de la liquidación) y fijó en la alzada costas por su orden; y determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se establezca para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..."
2) "Que la prescripción aplicada por el fallo ha de ser confirmada por ajustada a derecho, (art. 82 de la ley 18037 ahora art. 168 de la ley 24241), toda vez que en materia de reajustes por movilidad del haber jubilatorio rige la prescripción bienal."
3) "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, ... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, ... in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
4) "Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Votos en disidencia o salvedades relevantes: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresadas sus opiniones particulares sobre la inaplicabilidad del art.14 punto 2 de la Resolución SSS 06/09 y sobre la imposición de costas en ambas instancias (remitiéndose a precedentes), las cuales quedan consignadas como su opinión salva, sin alterar la decisión de la mayoría.
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