Logo

ARCA c/ CALLAHUANCA GALEANO NOELIA MARISEL s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

ARCA promovió ejecución fiscal contra Callahuanca Galeano por un certificado de deuda por $5.638.919,49. El Juzgado Federal de Neuquén 1 ordenó archivar las actuaciones al constatar el acogimiento de la demandada a un plan de pagos y dispuso el levantamiento de medidas precautorias sin nueva orden judicial una vez satisfecho el crédito fiscal, imponiendo además las costas a la demandada.

Ejecucion fiscal Archivo de actuaciones Plan de pagos Medidas precautorias Arca (ex afip) Certificado de deuda $5.638.919 49 Ley 11.683 art. 92 Costas Juzgado federal de neuquen Levantamiento sin nueva orden judicial


¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex A.F.I.P.).
- Demandada: Callahuanca Galeano Noelia Marisel.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal por cobro de $5.638.919,49 conforme al Certificado de Deuda glosado en autos.

¿Qué se resolvió?

El Juzgado Federal de Neuquén 1 resolvió archivar las presentes actuaciones (art. 92, párrafo 24, de la ley 11.683, modif. por ley 27.430); dispuso que el levantamiento total o parcial de las medidas precautorias decretadas se producirá sin nueva orden judicial una vez satisfecha la pretensión fiscal, con comunicación por el representante del Fisco en un plazo no mayor a cinco días hábiles de cancelado el crédito; e impuso las costas a la demandada (art. 68 CPCCN), además de tener por prestada la conformidad arancelaria (art. 10, ley 27.423).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Que la Administración Federal de Ingresos Públicos (hoy Agencia de Recaudación y Control Aduanero -ARCA
- según Decreto 953/2024) inicia ejecución fiscal contra CALLAHUANCA GALEANO NOELIA MARISEL, por el cobro de $ 5638919.49, de acuerdo con el Certificado de Deuda glosado en autos. Que la ejecutante manifiesta que la demandada se acogió a un plan de pagos en sede administrativa, sin que se haya dictado sentencia de trance y remate en autos, razón por la cual corresponde ordenar el archivo de las actuaciones, toda vez que 'Frente al acogimiento del deudor ejecutado a un régimen de facilidades de pago, el representante del Fisco solicitará el archivo de las actuaciones. De producirse la caducidad de dicho plan, por incumplimiento de las cuotas pactadas o por cualquier otro motivo, la Administración Federal de Ingresos Públicos estará facultada para emitir una nueva boleta de deuda por el saldo incumplido' (art. 92, párrafo 24, de la ley 11.683, modif. por ley 27.430). Las costas serán impuestas a la accionada, toda vez que fue su conducta la que obligó al organismo fiscal a emitir el certificado de deuda y a recurrir a esta instancia judicial de ejecución a fin de satisfacer su acreencia."
- No hay votos en disidencia consignados en el pronunciamiento.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar