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Incidente Nº 1 - ACTOR: BELLOTTI, DOLORES DEMANDADO: ANSES s/INC APELACION

Incidente de ejecución previsional por aprobación de planilla impugnada por ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó el decreto apelado, rechazó los agravios de ANSeS y ordenó imponer las costas a la demandada.

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¿Quién es el actor?

BELLOTTI, DOLORES.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Incidente en ejecución previsional; recurso de revocatoria y apelación de la demandada contra el decreto que aprobó la planilla practicada (liquidación de diferencias y de intereses no imputados al embargo).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Rosario, Sala "A", confirmó, en lo que fue motivo de agravios, el decreto apelado; impuso las costas a la demandada vencida (art. 68 C.P.C.C.N.) y reguló honorarios en la Alzada en el 30% de lo que se fije en el presente incidente. Se dejó constancia de la no participación del Dr. Fernando Lorenzo Barbara por cese de funciones a partir del 01/12/2025 (Decreto nº 770/2025, publicado el 28/10/2025).
- Fundamentos principales de la decisión (textos tal cual del fallo): "1.
- En primer lugar, indicaré que la resolución apelada aprobó las planillas que calcularon, por un lado, las diferencias mensuales por los haberes no percibidos -contra la que la demandada no expresó agravios
- y, por otro, los intereses devengados que no fueron imputados al embargo." "2.
- La liquidación confeccionada por los intereses no imputados al pago forzoso, se encuentra correctamente practicada siguiendo los lineamientos vertidos por esta Sala el 22 de diciembre de 2022 en Nº FRO 2949/2016 caratulado: 'TAJAN, ROBERTO c/ ANSeS s/ EJECUCIÓN PREVISIONAL' y N° 30588/2015 -Sala 'B' integrada
- 'Gottig, Miguel Angel c/ ANSeS s/ Ejecución previsional, por ello será rechazado el agravio de la recurrente.'" "3.
- En cuanto a las costas devengadas en la alzada, se imponen a la demandada vencida (artículo 68 del C.P.C.C.N.)." Adhiriendo al preopinante, la Dra. Silvina Andalaf Casiello manifestó: "Adhiero al voto del vocal preopinante por compartir en lo sustancial sus fundamentos. Es mi voto." (No hubo voto en disidencia que modificara la decisión del Acuerdo).

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