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GAITAN, GABRIEL ALEJANDRO (POR LA REPR. INVOCADA) c/ OSPRERA s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió acción de amparo para exigir la cobertura integral e inmediata de medicamentos y prestaciones oncológicas para su hijo diagnosticado con leucemia linfoblástica aguda precursor B de alto riesgo. El Juzgado Federal hizo lugar y ordenó la reafiliación inmediata a OSPRERA y la cobertura conforme al PMO de las drogas y prestaciones prescritas, además de imponer costas y regular honorarios.

Amparo Osprera Leucemia linfoblastica aguda Cobertura medica Pmo Ley 27674 (regimen de proteccion integral oncopediatrica) Licencia oncopediatrica Medicamentos oncologicos Reafiliacion Costas y honorarios.


¿Quién es el actor?

Sr. G. A. G., por la representación invocada, en nombre de su hijo menor T. B. G.

¿A quién se demanda?

OSPRERA (Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina).
- Objeto de la demanda: Acción de amparo para obtener la inmediata reafiliación del menor y su grupo familiar y la cobertura médico-asistencial integral (100%) sin reintegros, conforme al PMO, de medicamentos oncológicos y prestaciones necesarias para el tratamiento de LEUCEMIA LINFOBLÁSTICA AGUDA PRECURSOR B DE ALTO RIESGO, incluyendo Pegaspargasa, Citarabina, Metotrexato, Filgrastim, Ondansetrón, Etopósido, entre otros.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de amparo; se ordenó a OSPRERA la inmediata reafiliación del amparista y su grupo familiar, la cobertura médico-asistencial conforme al PMO y la provisión inmediata e integral de las medicaciones y todas las prestaciones, prácticas, estudios, internaciones y medicamentos oncológicos prescritos por los médicos tratantes del menor. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios por los montos indicados.
- Fundamentos principales (extractos textuales relevantes de la sentencia): "Que, con el presente marco regulatorio antes descripto, es dable destacar que la actitud asumida por la demandada no se puede convalidar. Que debe tenerse presente el sistema de salud vigente ... En este último instrumento se reconoce el derecho de todas las personas a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, así como el deber de los Estados partes de procurar su satisfacción." "Corresponde señalar que privar al afiliado de los medicamentos indicados por la médica que lo asiste, resulta lesivo para el paciente y contrario a la función propia de todo agente de salud, afectando seriamente su vida, constituyendo una actitud arbitraria y que perjudica derechos fundamentales del amparista." "Por todo lo que se lleva dicho, se hace lugar a la acción de amparo interpuesta por el Sr. G. A. G. y se ordena a OSPRERA, que proceda a la inmediata reafiliacion del amparista y su grupo familiar y le brinde la cobertura medido asistencial conforme el PMO, y arbitre los medios económicos y los recursos humanos necesarios a los fines de que se brinde de manera inmediata la cobertura integral de las siguientes medicaciones: ..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el pronunciamiento.

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