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SANCHEZ, MONICA ALISA c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Acción declarativa de inconstitucionalidad contra retenciones del impuesto a las ganancias sobre prestaciones previsionales. El Juzgado Federal admitió el allanamiento de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, declaró inconstitucionales las normas impugnadas y ordenó la cesación de retenciones y la restitución de sumas retenidas con intereses.

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¿Quién es el actor?

SANCHEZ, MONICA ALISA (parte actora).

¿A quién se demanda?

Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante su antecedente Administración Federal de Ingresos Públicos.
- Objeto de la demanda: Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad de diversos artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias por su aplicación a prestaciones previsionales; petición de cesación de descuentos y restitución de montos retenidos por impuesto a las ganancias (período de prescripción) con intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se admitió el allanamiento planteado por ARCA y, en consecuencia, se hizo lugar a la demanda. Se declaró la inconstitucionalidad de las normas cuestionadas y se ordenó a la demandada que se abstenga de descontar impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto; además deberá restituir las sumas retenidas durante los cinco (5) años previos a la interposición de la demanda o del reclamo administrativo, con aplicación del interés de la tasa pasiva promedio del BCRA desde la fecha de cada retención. Se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios de 10 UMA a favor del letrado de la actora.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Efectuadas dichas precisiones, y atento al reclamo formulado por la parte actora en el escrito de demanda, corresponde admitir el allanamiento planteado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a la pretensión formulada por la parte actora y en consecuencia hacer lugar a la demanda entablada por el/la actora en su contra. Declarar la inconstitucionalidad de la/s normas cuestionada/s en la demanda, y ordenar a ésta se abstenga de descontar al/a la actor/a suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional, hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto, conforme fuera decidido en el precedente “García” de la CSJN." "Asimismo, deberá restituir los montos que se hubieran retenido por aplicación del impuesto a las ganancias, desde lo cinco (5) años previos a la fecha de interposición de la demanda o del reclamo administrativo, si éste se hubiese presentado. Paralelamente, se ordena a la demandada que en el plazo de diez (10) días de quedar firme está sentencia, presente la liquidación correspondiente a los fines del inicio del trámite de previsión presupuestaria para el reintegro de las sumas que se hubieren retenido por la normativa descalificada, del modo señalado anteriormente." "A las sumas cuyo reintegro se ordena deberá aplicarse el interés de la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el Banco Central de la República Argentina, desde que cada suma fue retenida, conforme lo expuesto en los considerandos anteriores a los que me remito íntegramente."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución surge por admisión del allanamiento y sentencia del juez de primera instancia.

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