Logo

AVILA, RAMON BALBINO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Ramon Balbino Avila reclamó a ANSeS el recálculo del haber inicial, la redeterminación de la PBU y el pago de retroactivos por reajustes y movilidad. El Juzgado Federal hizo lugar a la excepción de prescripción, rechazó parcialmente la demanda, declaró inconstitucional el art.1 de la ley 27.609 desde 2022 y ordenó la actualización trimestral de haberes (50% IPC - 50% RIPTE) y el pago de retroactivos con intereses según la tasa pasiva promedio del BCRA.


¿Quién es el actor?

Ramon Balbino Avila.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: recalculo del haber inicial jubilatorio (por remuneraciones por relación de dependencia), redeterminación de la PBU, reconocimiento del ajuste por movilidad y pago de retroactivos con más intereses; además se solicitó la declaración de inconstitucionalidad de varias normas (entre ellas ley 27.609, normas reglamentarias y dispositivos de la ley 24.241 y resoluciones SSS).
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar a la excepción de prescripción liberatoria respecto de las sumas devengadas con anterioridad a los dos años anteriores al reclamo; se rechazó parcialmente la demanda; se ordenó que el nuevo haber y las retroactividades que surjan de la liquidación sean abonados por la demandada con más intereses calculados conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el BCRA; se difirió el tratamiento de la actualización de la PBU para la etapa de liquidación (las partes deben acreditar el perjuicio); se declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022 y en consecuencia se ordenó actualizar los haberes trimestralmente (50% IPC Nacional INDEC y 50% RIPTE, sin rezago) hasta el trimestre enero-marzo de 2024 inclusive; se declaró la inconstitucionalidad del art.9 inc.3 de la ley 24.463 y del art.26 de la ley 24.241 en los términos expuestos y para el caso en que las partes acrediten confiscatoriedad al presentar la liquidación; se declaró la inconstitucionalidad del art.14 inc.2 de la Resolución N°06/09 SSS; se impusieron las costas a la vencida y se difirió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): 1) Sobre prescripción: "De acuerdo con lo establecido en el art. 168 de la ley 24.241 (conf. art. 82 de la ley 18.037), prescribe a los dos años la obligación de pagar los haberes devengados con posterioridad a la solicitud del beneficio.... Conforme surge de las constancias de autos y del expediente administrativo agregado como prueba, el 06/10/2025 la parte actora efectuó reclamo administrativo ante la ANSeS ... Por lo tanto, corresponde hacer lugar a la excepción planteada, la que habrá de operar para el período transcurrido hasta los dos años anteriores tal fecha." 2) Sobre inconstitucionalidad de la ley 27.609 y fórmula de actualización: "La ley 27.609 estableció un mecanismo de movilidad ... En primer término, corresponde señalar que la ley fue sancionada el 29/12/2020 ... a partir del año 2022 y por el período transcurrido hasta el año 2024, los aumentos otorgados en virtud de la ley 27.609 evidencian una insuficiencia progresiva frente al agravamiento del contexto económico ... En función de lo expuesto, se resuelve declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir del año 2022 y ordenar a la administración demandada a actualizar los haberes previsionales en forma trimestral ... con la fórmula indicada compuesta en un 50% por las variaciones en el IPC (Nivel General) del INDEC y en un 50% por las variaciones en el índice RIPTE, ocurridas en el trimestre en cuestión (sin rezago), hasta el trimestre enero-marzo 2024 inclusive." 3) Sobre PBU y confiscatoriedad: "Que, en punto al pretendido reajuste de la PBU, habrá de estarse a la solución propiciada por la CSJN en los autos 'QUIROGA... ' y ordenar su reajuste, en caso de que las partes demuestren el perjuicio de su falta de redeterminación en los términos del precedente 'ACTIS CAPORALE', en la etapa de liquidación.... A dichos fines ... Ese resultado multiplicado por 100 determinará el porcentaje de incidencia, que para reputarse confiscatorio deberá superar el 15%." 4) Sobre intereses y límites: "Que con respecto a los intereses que deberán abonarse ... deberá efectuarse el cálculo en base a la tasa pasiva promedio que elabora el BCRA, conforme lo resuelto por la CSJN en autos 'Spitale' (Fallos: 327:3721)."
- Disidencias relevantes: no se registra voto en disidencia en el texto analizado; la decisión única es

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar