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Incidente Nº 11 - DAMNIFICADO: CANO, MAXIMILIANO GASTON Y OTROS IMPUTADO: BRAVO, MATIAS HERNAN Y OTROS s/INCONSTITUCIONALIDAD

La defensa oficial de los imputados impugnó por inconstitucional la confirmación de condenas por vejaciones y lesiones agravadas; la Cámara Nacional de Casación declaró inadmisible el recurso por falta de una cuestión federal concreta y por tratarse de meras expresiones de disconformidad con la valoración de hecho y derecho.

Recurso de inconstitucionalidad Inadmisibilidad Cuestion federal Arbitrariedad Debido proceso Art. 14 ley 48 Camara nacional de casacion Condenas por vejaciones y lesiones Valoracion de la prueba Cppn

Actor: La defensa oficial de los imputados Nicolás Alfredo Flores y Nieve Crispín Gamarra, que interpuso un recurso de inconstitucionalidad (art. 14, ley 48). Demandado: Se impugna la resolución de la Sala que confirmó la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°2 —es decir, se cuestiona la decisión judicial confirmatoria— y se tramita ante la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional. Objeto: Se alegó violación de derechos y garantías constitucionales (derecho al recurso, defensa, debido proceso, principios de inocencia, in dubio pro reo, proporcionalidad, reinserción social, non bis in idem) y arbitrariedad de la sentencia, buscando la declaración de inconstitucionalidad de la confirmación de condenas (condenas de dos años y cuatro meses a Flores —cumplimiento suspendido— y dos años y cuatro meses a Gamarra —cumplimiento efectivo—, inhabilitación especial por doble de tiempo y costas). Decisión: La Cámara Nacional de Casación declaró inadmisible el recurso interpuesto por la defensa oficial de los imputados Nieve Crispín Gamarra y Nicolás Alfredo Flores (art. 14, ley 48).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la defensa se ha limitado a sostener la arbitrariedad de la sentencia y la afectación de distintos derechos, principios y garantías mediante fórmulas genéricas, pero sin desvirtuar ni criticar razonadamente los fundamentos de la sentencia de esta sala. Esto evidencia que su planteo refleja una mera expresión de disconformidad con lo decidido, que no es idónea para sustentar la existencia de una cuestión federal (Fallos: 325:1905, resuelto por remisión al dictamen del Procurador General de la Nación)." "bajo la genérica alegación de arbitrariedad y afectación de diversas garantías constitucionales se pretende, en definitiva, fundar un caso federal basado en cuestiones de hecho, prueba y derecho común que han sido resueltas con fundamentos de igual naturaleza. Todo ello, sin haberse invocado concretamente algún agravio verosímil ni señalado las razones que tornarían arbitraria la decisión." En consecuencia, "corresponde declarar inadmisible el recurso interpuesto."
- Votos/diferencias: Los jueces Sarrabayrouse y Días votaron concurrentemente por la inadmisibilidad; el juez Daniel Morin no emitió voto por aplicación del art. 23, último párrafo, CPPN (ley 27.384). No existe en el dispositivo una revocación o modificación de la sentencia apelada: el recurso fue declarado inadmisible.

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