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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ZAFFARONI ROBLEDO, DANIEL ENRIQUE s/INFRACCION LEY 26.061 y ABUSO SEXUAL - ART. 119 1° PARRAFO DENUNCIANTE: OFICINA DE VIOLENCIA DOMESTICA Y OTROS

Recurso de casación de la defensa de Zaffaroni Robledo contra la sentencia condenatoria; la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional hizo lugar parcialmente al recurso, casó la sentencia recurrida y resolvió absolver al imputado, adoptando la aclaración de que la absolución se impone con costas por su orden por existir razones plausibles para litigar.

Recurso de casacion Absolucion Costas por su orden Cppn Arts. 530 y 531 Razones plausibles para litigar Camara nacional de casacion en lo criminal y correccional Sala 2 Votos coincidentes Abstencion de voto (art. 23 cppn)


¿Quién es el actor?

Zaffaroni Robledo (por derecho propio, en calidad de imputado absuelto).

¿A quién se demanda?

Sentencia recurrida (órgano acusador/parte contraria no especificada en el texto).
- Objeto de la demanda: Recurso de casación interpuesto por la defensa contra la sentencia condenatoria.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de casación, se casó la sentencia recurrida y se resolvió absolver al nombrado; además, se aclara que la decisión del 10 de junio se adopta con costas por su orden por existir razones plausibles para litigar (arts. 530 y 531, CPPN).
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "Atento a la presentación de Zaffaroni Robledo por derecho propio, en calidad de imputado absuelto en las presentes actuaciones , SE ACLARA que la decisión del pasado 10 de junio, por la cual se hizo lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la defensa, se casó la sentencia recurrida y se resolvió absolver al nombrado [Reg. n° 393/2026] , se adopta con costas por su orden, en tanto existieron razones plausibles para litigar (arts. 530 y 531, CPPN) . La presente resolución forma parte de lo mencionado precedentemente, todo lo cual ASÍ SE RESUELVE ." "Se deja constancia de que en razón de los votos coincidentes de los jueces Días y Sarrabayrouse, el juez Morin no emite mi voto por aplicación de lo que establece el art. 23, último párrafo, CPPN (texto según ley 27.384)."
- Disidencias: No se registra disidencia en el dispositivo; consta que los jueces Días y Sarrabayrouse votaron coincidentemente y que el juez Morin se abstuvo de emitir su voto conforme al art. 23, último párrafo, CPPN.

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