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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: ALVAREZ, DIEGO OMAR s/LEGAJO DE CASACION

Recurso de casación por la incorporación a la segunda etapa del Régimen Preparatorio para la Liberación. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa y confirmó la valoración del tribunal de ejecución y del Organismo Técnico Criminológico.

Casacion Inadmisibilidad Regimen preparatorio para la liberacion Art. 56 quater ley 24.660 Organismo tecnico criminologico Fundamentacion Ejecucion penal Pronostico de reinsercion Costas Reserva de caso federal


¿Quién es el actor?

Defensa pública oficial de Diego Omar Álvarez (recurrente).

¿A quién se demanda?

Tribunal de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 3 de Rosario (decisión recurrida) y, en lo práctico, la resolución que denegó la incorporación a la segunda etapa del Régimen Preparatorio para la Liberación.
- Objeto de la demanda: Casación contra la resolución que rechazó, por el momento, la incorporación de Diego Omar Álvarez a la segunda etapa del régimen previsto en el art. 56 quáter de la Ley 24.660 (modificada por Ley 27.375).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Diego Omar Álvarez y ordenó remitir el expediente al tribunal de origen, con costas (arts. 444, 530 y ccds. del CPPN). Se dejó constancia de la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "II. Que, en sentido contrario a lo sostenido en su recurso por la defensa, la decisión bajo estudio conforme surge de la reseña de fundamentos efectuada en el voto que antecede, ponderó los elementos de convicción necesarios y suficientes para el tratamiento de la cuestión, y la resolución impugnada contiene fundamentos que constituyen una derivación razonada del derecho vigente, todo lo cual aleja a la resolución de la ausencia de fundamentación y tacha de arbitrariedad pretendida." "En efecto, el Tribunal a quo rechazó el pedido de incorporación del condenado a la segunda etapa del Régimen Preparatorio para la Liberación al entender que, si bien el condenado había cumplido el requisito temporal previsto por el art. 56 quáter de la Ley 24.660, no se encontraba acreditado el recaudo sustancial de dicha norma, esto es, el pronóstico individualizado y favorable de reinserción social." "En definitiva, las discrepancias valorativas expuestas por la parte recurrente, más allá de demostrar la existencia de una fundamentación que no se comparte, no configuran un agravio fundado en la doctrina de la arbitrariedad (...) ni en los graves defectos del pronunciamiento (...) o en alguna cuestión federal (...)."
- Disidencia relevante: El juez Alejandro W. Slokar, en voto que precede, consideró que "prima facie, a tenor de los agravios invocados, corresponde la sustanciación del recurso de conformidad con lo dispuesto por el art. 465 bis del libro de forma", proponiendo su admisibilidad y trámite. Esa opinión quedó en minoría frente a la mayoría que declaró inadmisible.

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