Legajo Nº 1 - IMPUTADO: CACHAMBI, DIEGO FERNANDO s/LEGAJO DE CASACION
La defensa de Diego Fernando Cachambi pidió prisión domiciliaria; la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación y confirmó la imposibilidad de admitir el agravio por falta de cuestión federal fundada, imponiendo costas y dejando registrada la reserva del caso federal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa particular de Diego Fernando Cachambi, que interpuso recurso de casación.
Demandado: Contra la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de La Plata que rechazó el pedido de prisión domiciliaria.
Objeto: Se impugna el auto que negó la prisión domiciliaria y las medidas alternativas del art. 210 del CPPF, por arbitrariedad, violación del principio de inocencia, falta de análisis del interés superior del niño, situación de salud del encartado y violación del derecho de defensa (petición de audiencia prevista en art. 223 CPPF).
Decisión: Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Diego Fernando Cachambi, con costas en la instancia, y se dejó expresa la reserva del caso federal; regístrese, notifíquese y remítase al tribunal de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"2º) Que, el casacionista postuló la arbitrariedad del auto en crisis por cuanto, a su ver, la ponderación de los riesgos procesales se habría fundado en la gravedad de los hechos atribuidos y la pena en expectativa sin atender a la situación particular del encartado. En ese sentido, sostuvo que: 'La resolución no identifica ningún acto concreto realizado por nuestro ahijado procesal el sr. Diego Fernando Cachambi que permita inferir una intención de sustraerse al proceso ni de obstaculizar la producción de prueba. Por el contrario, surge de las actuaciones que nuestro ahijado procesal no registra antecedentes penales, nunca fue declarado rebelde, no registra incumplimientos procesales. Mantiene un arraigo familiar tiene una residencia fija la misma que constituyo cuando queda detenido, esto es una residencia de larga data en el mismo domicilio, demás está decir que nunca fue procesado con anterioridad'. Asimismo, postuló la violación del principio de inocencia, ..."
"Por todo lo expuesto, propongo declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa particular de Diego Fernando Cachambi, con costas y tener presente la reserva del caso federal (arts. 444, 530 y ccds. del CPPN)."
"En efecto, se advierte que el a quo analizó la razonabilidad y proporcionalidad de la medida de coerción, y valoró las constancias de la incidencia que determinaron la existencia de riesgos procesales que imponen la necesidad de asegurar la sujeción del imputado al proceso. A su vez, en relación a la situación de los hijos del encausado, tomó en consideración el contenido del informe socioambiental practicado, y concluyó al respecto que no se advierte que los mismos se encuentren en una situación de abandono ni de extrema vulnerabilidad, razón por la cual, en consonancia con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal, resolvió rechazar el pedido de arresto domiciliario y la aplicación subsidiaria de las medidas de coerción menos lesivas previstas en el art. 210 del CPPF. A ello se adiciona que, el a quo dispuso que se ordene al lugar de detención donde se encuentra alojado Cachambi que se le brinde asistencia psicológica al nombrado a fin de tratar las afecciones alegadas por la defensa en su presentación."
- Disidencias relevantes: El voto que inaugura el acuerdo (Alejandro W. Slokar) realizó la reseña de agravios y la petición de revocatoria; sin embargo, la decisión mayoritaria fue la de inadmisibilidad propuesta por Daniel A. Petrone (con adhesión de Diego G. Barroetaveña). No hubo resolución de fondo a favor del recurrente.
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