PROCONSUMER c/ TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A. s/ORDINARIO
Proconsumer demandó a Telefónica Móviles Argentina por aumentos tarifarios sin la debida notificación, reclamando devolución de importes, cese de cobros, daño punitivo y medidas de publicidad. La Cámara Comercial admitió parcialmente la apelación de la demandada: confirmó la condena principal (cese y devolución) pero revocó el daño punitivo y redujo/corregió las medidas de publicidad ordenadas.
¿Quién es el actor?
Asociación Protección Consumidores del Mercado Común del Sur
- Proconsumer.
¿A quién se demanda?
Telefónica Móviles Argentina S.A. (Movistar).
- Objeto de la demanda: Se reclamó la devolución de importes cobrados por aumentos tarifarios dispuestos desde noviembre de 2009 (y posteriores en abril y agosto de 2010) sin la previa notificación exigida por la normativa de defensa del consumidor y la Resolución 9/2004; se solicitó el cese de la facturación de los importes incrementados, la aplicación de daño punitivo (multas civiles por $5.000.000) y medidas de publicidad.
¿Qué se resolvió?
La Cámara admitió parcialmente el recurso de apelación de la demandada y, conforme a los puntos VII y VIII de la sentencia, modificó la sentencia de grado en lo relativo al daño punitivo y a las medidas de publicidad, confirmándola en lo demás que fue materia de agravio; las costas de Alzada serán soportadas por la accionada sustancialmente vencida.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
"En consecuencia, se admite la queja y se revoca el daño punitivo concedido en la anterior instancia." (punto VII).
"Asimismo, resulta adecuado publicar dicha comunicación en la página de internet de la empresa demandada y se reduce la misma al plazo de 60 días." (punto VIII).
Sobre la insuficiencia de la publicidad por diario y la obligación de información: "De las constancias obrantes en la causa no surge que la demandada hubiera puesto en efectivo conocimiento de sus clientes el cambio de tarifas... La publicación de los aumentos tarifarios en un diario -aún de gran circulación
- no resulta suficiente para tener por acreditado que dicha información fue conocida por los usuarios del servicio."
- Disidencias: No consta voto disidente; los Dres. Ballerini y Machin adhieren al acuerdo; la Dra. Tevez no interviene por licencia.
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