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ALANIS, SERGIO LUCAS c/ LIBRA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. s/ORDINARIO

El actor reclamó el cumplimiento de la póliza por el robo de su motovehículo y daños consecuenciales. La Cámara Comercial confirmó la sentencia de primera instancia, declaró desierto el agravio sobre la inaplicabilidad de la ley 24.240 y desestimó el resto de las quejas, manteniéndose las condenas y costas.

Contrato de seguro Robo Ley 24.240 Culpa grave Suma asegurada Dano mayor Dano moral Privacion de uso Mora Costas

Actor: Sergio Lucas Alanis. Demandado: Libra Compañía Argentina de Seguros S.A. Objeto de la demanda: Reclamo de indemnización por robo total de una motocicleta Zanella Patagonian 150 cc (dominio A065 EHI) y demás rubros (daño moral, privación de uso) derivados del rechazo del siniestro por la aseguradora.

¿Qué se resolvió?

Se declaró desierto el agravio de la aseguradora relativo a la inaplicabilidad de la ley 24.240 (art. 266 CPCCN), se desestimaron el resto de sus agravios y se confirmó la sentencia apelada en todas sus partes. Costas de alzada a la demandada vencida (art. 68 CPCCN). Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
- Sobre la declaración de desierto del agravio relativo a la ley 24.240: "El agravio en cuestión no puede prosperar, pues no satisface las exigencias del art. 265 del CPCCN... La apelante, sin embargo, no se hace cargo de esos fundamentos. No explica por qué esas circunstancias concretas resultan insuficientes para configurar una relación de consumo... Se limitó, en definitiva, a reeditar los argumentos sostenidos... Por tanto, el agravio no satisface las exigencias del art. 265 del CPCCN, en tanto no contiene una crítica concreta y razonada de los fundamentos del pronunciamiento. Corresponde, por ende, declararlo desierto (art. 266 CPCCN)."
- Sobre culpa grave y exclusión de cobertura: "El art. 70 de la ley 17.418 dispone que el asegurador queda liberado si el tomador o el beneficiario provoca el siniestro dolosamente o por culpa grave... la culpa grave exige algo cualitativamente distinto de la mera imprudencia o descuido: requiere un obrar desorbitado respecto del comportamiento medio habitual... Nada de ello se verifica en el caso. El actor dejó su motocicleta estacionada en la puerta de su domicilio con el traba volante colocado... Por el contrario, es el medio de seguridad que viene previsto de fábrica, y su uso es una práctica habitual entre los propietarios de motocicletas... Corresponde desestimar el agravio de la recurrente en este punto y confirmar lo resuelto en la instancia anterior en cuanto rechazó la defensa de exclusión de cobertura por culpa grave..."
- Sobre suma asegurada, mora y "daño mayor": "En cuanto a la mora, el rechazo del siniestro fue declarado improcedente en la instancia de grado... de modo que la aseguradora se encuentra en mora desde el vencimiento del plazo legal para expedirse sobre el siniestro denunciado... Fue la aludida mora la que colocó al demandante en la imposibilidad de contar con la indemnización que, a su vez, le hubiera permitido adquirir una motocicleta similar... lo que la aseguradora debe a su contratante es un valor equivalente al que hubiera ingresado en el patrimonio de éste si aquélla se lo hubiera entregado en tiempo... La obligación del asegurador es, en rigor, una deuda de valor (art. 772 CCyCN)... La prueba pericial mecánica producida en autos acreditó... el valor de plaza... ascendía a $2.100.000... corresponde confirmar la suma reconocida en concepto de indemnización por el robo del motovehículo, con los intereses allí establecidos." Disidencia: No hubo votación en disidencia; la Dra. Alejandra N. Tevez no suscribió por hallarse en uso de licencia.

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