Logo

ESCOBAR, CESAR MARCELO DANIEL c/ GALENO ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó trabajador por accidente previsto en ley especial contra Galeno ART S.A. y otros por créditos laborales. La Cámara mantuvo el pronunciamiento de la Sala II salvo en materia de accesorios y ordenó que los créditos laborales sean actualizados conforme al art. 55 de la ley 27.802.

Accidente ley especial Creditos laborales Actualizacion Art. 55 ley 27.802 Accesorios Tasa pasiva bcra Sala ii Confirmacion parcial Art. 1? ley 26.856 Acordada csjn 15/2013.


¿Quién es el actor?

ESCOBAR, CÉSAR MARCELO DANIEL.

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A. y otro.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente (Ley Especial) y reconocimiento de créditos laborales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió mantener lo dispuesto en el pronunciamiento de la Sala II, con excepción de lo resuelto en materia de accesorios, y disponer que los créditos laborales reconocidos en cabeza del trabajador sean actualizados conforme a las pautas que surgen del art. 55 de la ley 27.802; además, ordenar el cumplimiento de lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y la Acordada CSJN Nº 15/2013.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "Las constancias de autos revelan que la Corte Suprema descalificó el pronunciamiento emitido por la Sala II del Fuero en virtud de la doctrina impuesta en el caso "Fontaine" (Fallos: 347:472) correspondiendo a esta sala emitir nuevo pronunciamiento acorde con su decisorio respetando su voluntad institucional." "Ahora bien, el Poder Legislativo ha innovado en la materia pues, a través de la sanción del art. 55 de la denominada Ley de Modernización Laboral nº 27.802 (B.O. 6/3/26), ha establecido que, en los juicios en trámite y aún pendientes de sentencia definitiva (incluidos recursos de queja), a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados a través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina a estos fines por el período correspondiente." "Por lo expuesto, entiendo corresponde mantener lo dispuesto en el pronunciamiento de la Sala II con excepción de lo resuelto en materia de accesorios y disponer que los créditos laborales reconocidos en cabeza del trabajador sean actualizados conforme a las pautas que surgen del art. 55 de la ley 27.802."
- Disidencia / otros votos relevantes: El Dr. Manuel Diez Selva "Adhiero al voto de mi distinguido colega preopinante" pero reserva su postura sobre la improcedencia de la aplicación del art. 770 inc. b) del CCyC conforme a su voto previo en SD 59.890; el Dr. Alejandro Sudera no votó (art. 125 L.O.). Estas manifestaciones no revocan la decisión del acuerdo mayoritario que quedó plasmada en la parte resolutiva final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar