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VERA GARCIA, MARIO RAMON c/ RECONQUISTA ART S.A. -6- s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió recurso contra la resolución del Servicio de Homologación que rechazó la contingencia por enfermedad profesional. El Juzgado hizo lugar a la acción, reconoció una incapacidad parcial y permanente del 3% de la T.O., condenó a RECONQUISTA ART S.A. al pago de $3.805.486,62 más intereses y costas, aplicando actualización por RIPTE.

Recurso de apelacion Riesgos del trabajo Incapacidad parcial permanente Baremo 24.557/659/96 Ripte Indemnizacion Costas Honorarios Fecha primera manifestacion invalidante Art


¿Quién es el actor?

VERA GARCIA, MARIO RAMON (C.U.I.L. N° 23940621399).

¿A quién se demanda?

RECONQUISTA ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: impugnación del rechazo administrativo de contingencia (Servicio de Homologación, Comisión Médica Nº10) por presunta enfermedad profesional / accidente laboral y pedido de reconocimiento indemnizatorio.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción y se condenó a RECONQUISTA ART S.A. a pagar la suma de $3.805.486,62 dentro de cinco días de notificada la liquidación, más los intereses conforme las pautas del considerando (actualización por RIPTE desde la exigibilidad del crédito), con costas a cargo de la demandada y regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes): Del informe pericial médico (31/01/2026): “R
- El actor presenta una incapacidad física del 6% de columna lumbosacra, se ha tenido en cuenta el baremo ley 24557, decreto 659/96.” Sobre la incapacidad psicológica y su valoración: “...ello no resulta suficiente para acreditar el daño psíquico alegado, por lo que no hare lugar a la alegada minusvalía psicológica (en igual sentido Sala V ‘LEGIDOS SEBASTIAN EZEQUIEL C/ GALENO A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE
- LEY ESPECIAL’ SD 82442 26/2/19).” Valoración judicial y porcentaje aplicado: “Por los motivos ut supra expresados y en consecuencia, concluyo que el accionante padece una incapacidad parcial y permanente del 3% de la T.O.” Sobre vínculo causal y tareas: el Tribunal consideró probadas las tareas desempeñadas y su relación con la lesión: “De la prueba informativa acompañada... considero que la realización de dichas tareas, efectuadas para su empleadora, a lo largo del tiempo pudieron ocasionarle las patologías que producen la incapacidad que porta.” Criterio sobre intereses: el juez propone aplicar “un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) en el período considerado”, desde la exigibilidad del crédito (27/02/2025).
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia en la parte dispositiva.

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