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Legajo Nº 136 - QUERELLANTE: UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y OTROS IMPUTADO: SANTI, AMERICO ALFREDO Y OTROS s/LEGAJO DE ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS / PETICIONES

La Unidad de Información Financiera fue dispuesta como beneficiaria de todos los bienes decomisados y se ordenó a la AABE la subasta pública con depósito del producido a favor de la UIF. Además, se pusieron a disposición las sumas y bienes muebles no registrables, se ordenó identificar y ejecutar acciones societarias y mantener embargos, permitiendo la continuidad del uso estatal o social de inmuebles ya asignados.

Decomiso Unidad de informacion financiera Ley 25.246 Aabe Subasta publica Bienes decomisados Embargos Ejecucion de activos Medidas cautelares Penal economico

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El Ministerio Público Fiscal (Dr. Gabriel Pérez Barbera) y la Unidad de Información Financiera (representada por María Eugenia D´agostino, patrocinada por Yamile Iara Ruiz Messina) como peticionantes en el incidente sobre ejecución y destino de bienes decomisados.
- A quién se demanda (Demandado / sujeto requerido): Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y demás organismos necesarios para materializar la subasta, transferencias y medidas administrativas (registros, entidades bancarias). Objeto: La ejecución/realización por subasta pública y destino final de bienes y sumas decomisadas en la causa, la puesta a disposición de las sumas y bienes muebles no registrables, la identificación y ejecución de acciones y activos societarios, la renovación de embargos y la preservación de usos estatales o sociales vigentes. Decisión: Se dispuso que la Unidad de Información Financiera sea la beneficiaria de todos los bienes decomisados; se requirió a la AABE, con carácter de muy urgente, realizar la subasta pública de los bienes indicados y depositar el producido a favor de la UIF; se pusieron a disposición de la UIF las sumas de dinero y los bienes muebles no registrables individualizados; se requirió a la AABE y la UIF identificar y ejecutar acciones y activos de AGUAMARINA S.A., ANTOEZE S.A., APICOLA REINAS RUBIAS S.R.L. y ONE MILLION S.R.L.; se renovaron y mantuvieron embargos y medidas cautelares hasta la efectiva subasta, transferencia o regularización registral; y se autorizó la continuidad o renovación del uso estatal/ social de bienes que actualmente poseen esa asignación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes del fallo): 1) "El artículo 5 de la Ley 25.246 establece la existencia de la Unidad de Información Financiera, dotándola de autonomía y autarquía financiera y disponiendo que su actuación se rige por las disposiciones de esa ley." 2) "Por su parte, el artículo 6 asigna a la UIF la función de análisis, tratamiento y transmisión de información a efectos de prevenir e impedir, entre otros, el delito de lavado de activos previsto en el artículo 303 del Código Penal, contemplando expresamente entre sus delitos precedentes aquellos vinculados con el tráfico y comercialización ilícita de estupefacientes y los delitos de contrabando." 3) "Una interpretación conjunta y armónica de los artículos 5, 6 y 27 permite concluir que la asignación de recursos provenientes de bienes vinculados a actividades ilícitas a la UIF no constituye una finalidad ajena al sistema legal sino, por el contrario, un mecanismo dirigido a fortalecer al organismo específicamente creado para prevenir e impedir el lavado de activos." 4) "En esas condiciones, vista la normativa aludida, la fecha en que se adoptó el decomiso (02/03/23) así como la naturaleza de los delitos por los cuales recayó condena, corresponde señalar que la Unidad de Información Financiera resulta ser la beneficiaria de los bienes decomisados..." 5) Punto resolutorio (según bloque dispositvo final): se dispone como beneficiaria a la UIF; se requiere a la AABE la subasta y depósito del producido a favor de la UIF; se ponen a disposición las sumas y bienes muebles no registrables; se requiere identificar y ejecutar acciones y activos societarios; se autoriza continuidad de usos estatales/sociales; se renuevan embargos y se librarán oficios y comunicaciones necesarias.
- Votos en disidencia: no consta disidencia; la parte resolutiva final es la decisión que prevalece.

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