BRANA ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó la actualización de su Prestación Básica Universal y la inconstitucionalidad de normas que imponen topes a haberes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró inconstitucional el art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 cuando en liquidación provoque una quita superior al 15%, declaró inaplicable el art. 4.4 de la Resolución SSS 3/2021 y confirmó lo demás resuelto.
¿Quién es el actor?
BRANA ANA MARIA.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes de prestaciones previsionales (actualización de la Prestación Básica Universal —PBU—), declaración de inconstitucionalidad de normas legales y reglamentarias (art. 9 inc. 3) Ley 24.463; art. 4.4 Resolución SSS nro. 3/2021; otros artículos y normas conexas), y cuestionamiento del impuesto a las ganancias y costas.
¿Qué se resolvió?
Se revocó parcialmente la sentencia de grado; se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en el supuesto que en la etapa de liquidación se acredite que la aplicación de los topes genera una quita superior al 15%; se declaró la inaplicabilidad del art. 4.4 de la Resolución SSS nro. 3/2021; se confirmó lo demás resuelto por la instancia anterior; se impusieron las costas de ambas instancias a la demandada vencida; se regularon honorarios y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (extractos y citas textuales relevantes):
1) Sobre la metodología y control de confiscatoriedad respecto de la PBU: “qué incidencia tenía la ausencia de incremento de uno de los componentes de la jubilación [en el caso, la P.B.U.] sobre el ´total del haber inicial´ –pues éste es el que goza de protección [enfatiza el Superior]
- y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita [con relación a la ‘situación de los activos’] resultaba confiscatorio.” (Considerando N° 9-10, cita de Quiroga, Fallos: 337:1277). El tribunal dispone aplicar el índice considerado por la CSJN en “Badaro” y comprobar si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15%: “Si el porcentaje obtenido supera el 15 % referido, procederá la actualización de la PBU.”
2) Declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) Ley 24.463: “se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN ‘Rapisarda, José León c/ ANSeS...’), en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal
- y se revoca lo resuelto en la instancia de grado.”
3) Inaplicabilidad de la reglamentación: “toda vez que el artículo en cuestión importa un exceso reglamentario contrario al espíritu de la norma reglada, al fijar un límite no previsto en la misma, corresponde declarar su inaplicabilidad.” (sobre art. 4.4 Resolución SSS nro. 3/2021).
4) Sobre costas y honorarios: se imponen las costas de ambas instancias a la demandada vencida conforme doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS...” y se fijan honorarios por la alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia, con más IVA si corresponde (art. 30 Ley 27.423).
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini adhirió mayoritariamente al voto preopinante pero se apartó en lo relativo a la Prestación Básica Universal, proponiendo aplicar la solución que sostuvo en “Grattone Ángel Celestino c/ ANSeS s/reajustes varios” (Expte. N° 14284/2021), por lo que existe una diferencia en la propuesta de metodología de recálculo de la PBU; sin embargo, la decisión del Tribunal resulta de la mayoría y quedó plasmada en la parte resolutiva transcripta.
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