PASTRIAN STELLA MARIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS por reajustes varios del haber previsional y reclamo de actualización de componentes del haber. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios de la ANSeS y ordenó costas de alzada a la demandada conforme a la doctrina de la CSJN.
¿Quién es el actor?
PASTRIAN STELLA MARIS (la parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber previsional — actualización de remuneraciones consideradas para el cálculo del haber inicial, inclusión y cálculo de componentes (como la Prestación Básica Universal y servicios autónomos), impugnaciones de normas y topes, prescripción y tasa de interés.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios, impuso costas de Alzada a la demandada conforme a la doctrina de la CSJN, regularizó honorarios de la representación letrada de la actora al 30% de lo fijado en instancia anterior más IVA y ordenó devolver las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"De tal manera, atento que quien acciona obtuvo su prestación previsional con posterioridad al mensual agosto 2016, corresponde remitirnos, por razones de orden y economía procesal, en cuanto a la validez constitucional del Decreto 807/16 a los fundamentos del fallo “Blanco” y confirmar lo resuelto en la instancia de grado."
"En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSeS y se confirma lo dispuesto en la instancia de grado."
"Respecto de los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N. “Spitale, Josefa Elida”, Fallos, 327:3721; ratificado in re “Cahais, Rubén Osvaldo c/ Anses s/ reajustes varios”, sentencia del 18/04/2017, Fallos: 340:483.), por lo que considero acertado lo decidido en la instancia de grado sobre el particular."
"Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo”, Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; los Dres. Fantini y Carnota adhirieron al voto de la Dra. Dorado.
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