RAMOS CARLOS MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSeS por reajustes varios y actualización de la Prestación Básica Universal y otros rubros previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, difirió para ejecución el análisis de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609, confirmó el resto del pronunciamiento apelado y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
RAMOS CARLOS MARIA.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de normas de movilidad (Ley 27.609 y otras), aplicación de topes, prescripción, impuesto a las ganancias, y tasa de interés.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, diferenció el tratamiento de la presunta inconstitucionalidad de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución, confirmó el resto del pronunciamiento apelado que fue materia de agravios, impuso las costas de Alzada a la demandada conforme la doctrina de la CSJN, reguló honorarios para la representación letrada de la parte actora y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
"En consecuencia, ante el nuevo escenario fáctico suscitado y a los efectos de sostener la armonización jurisprudencial del Fuero de la Seguridad Social en la materia que nos convoca, considero que en casos como el de autos donde no se encuentra ordenada la actualización de la PC y la PAP, la incidencia de la PBU sobre el haber total deberá calcularse aplicando, sobre el valor del AMPO/MOPRE histórico, el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Badaro” del 26 de noviembre de 2007 (Índice de Salarios según el INDEC entre el 31/12/01 y el 31/12/06) y, una vez realizado ese cálculo, deberá verificarse si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria (esta cuenta se realizará comparando el haber de Caja, con la sumatoria de la PC y PAP de Caja más la PBU actualizada. Si la diferencia en el monto final supera el 15% del haber de Caja, corresponde su actualización)."
"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN “Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios”, sentencia del 6 de agosto de 2015) en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% –límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente– y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
"En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."
- Votos y disidencia: La Dra. Nora C. Dorado fue la preopinante cuya propuesta integra la decisión de la mayoría. El Dr. Juan A. Fantini disintió; propuso una solución distinta respecto del recálculo de la PBU (remitiendo a su criterio en autos "Grattone..."), constituyendo disidencia en ese punto. El Dr. Walter F. Carnota adhirió al voto que encabeza el decisorio. La resolución mayoritaria (revocar parcialmente y diferir la inconstitucionalidad para ejecución, confirmar lo demás) es la que quedó firme.
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