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PEDERZOLLI GERMAN JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas y topes. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 9 hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes cuestionados, ordenó a la ANSeS a recalcular y pagar en 120 días desde que la sentencia quede firme, rechazó la pretensión de obtener suplementos extraordinarios y reguló costas y honorarios.

Reajustes Anses Topes previsionales Prescripcion Ley 24.241 Ley 27.609 Suplementos extraordinarios Intereses Costas Honorarios


¿Quién es el actor?

PEDERZOLLI GERMAN JORGE.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales asignados por la demandada en el marco de la ley 24.241; impugnación de topes y otras presuntas inconstitucionalidades; solicitud de pago de suplementos extraordinarios; condena al pago de las diferencias y liquidación de acreencias retroactivas con intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda respecto de los topes tratados; se ordenó a la ANSeS que, dentro de los ciento veinte días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto; los haberes modificados deberán abonarse en ese plazo; el cómputo de acreencias retroactivas deberá contemplar los intereses fijados y la prescripción delimitada por el Tribunal; se difirió el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se rechazó la pretensión referida al pago de suplementos extraordinarios; costas a favor de ANSeS (art. 36 ley 27423); y honorarios de la Dirección Letrada actora regulados en el 15% del importe del crédito que resulte a favor del reclamante (con pautas complementarias).
- Fundamentos principales (texto literal extractado del decisorio): "La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma para el caso de existir sumas en favor del reclamante, desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio." "En tal entendimiento, se colige que la diferencia entre el haber mínimo de ese período y el bono liquidado por el Decreto 1058/17 ... puede calcularse aritméticamente que la diferencia faltante por omisión entre lo incrementado y la depreciación asciende al 9,86%. A pesar de lo dicho, por el período que comprende la actualización y la fecha de adquisición del derecho, debo concluir que el prorrateo de este porcentaje no tiene efectos significativos en el haber de inicio y la actualización queda así subsumida en los parámetros de las leyes 26.417, 27.609 siguientes y concordantes..." "La declaración de inconstitucionalidad de una norma impone ... que para declarar la inconstitucionalidad debe existir un acto de suma gravedad institucional que solo procede cuando la norma produce un perjuicio concreto, actual y debidamente acreditado en el caso individual ... En tales términos, entiendo que en esta etapa, más allá del contenido del introductorio y sus adjuntos es apresurado tener por configurados todos los supuestos que aquí se detallan, por lo que el tratamiento de la inconstitucionalidad articulada en este marco será diferido para la etapa de ejecución de sentencia con la limitación de quedar operativa cuando exceda el 15% del incremento como es de estilo." "En tal contexto, la determinación de dichos destinatarios de este tipo de medidas, se inscribe dentro de las atribuciones propias del Estado para diseñar e implementar políticas económicas y sociales diferenciadas. ... En consecuencia, la exclusión de quienes superan el umbral fijado por la normativa no puede reputarse arbitraria ... Concluyo que admitir la pretensión de la parte actora, implica desnaturalizar la finalidad del refuerzo previsional, transformando un instrumento excepcional de política social focalizada en un incremento generalizado de las prestaciones previsionales."
- Disidencias relevantes: No se consignan votos en disidencia; la parte resolutiva expresa la decisión del Tribunal.

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