VILLACORTA JOSE ADAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por aplicación de normas y precedentes de la CSJN y la CFS.S.S. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°9 hizo lugar parcialmente al reclamo, ordenó el recálculo y actualización del haber en 120 días, diferenció la resolución de inconstitucionalidades para ejecución y fijó costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
Villacorta José Adán.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste y recálculo de haberes previsionales asignados bajo la ley 24.241, impugnación de normas reglamentarias y declaración de inconstitucionalidades; petición de pago de las diferencias y sus accesorios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a ANSeS que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme proceda al recálculo del haber inicial asignado conforme a los lineamientos fijados, que la suma recalculada (sin poder ser inferior a la anteriormente percibida) se actualice con la movilidad determinada en la sentencia y que los haberes actualizados sean abonados dentro de ese plazo. Para las acreencias retroactivas deberán contemplarse los intereses fijados y lo resuelto sobre prescripción; se difiere el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; costas a la vencida; y regulación de honorarios (15% del crédito por aplicación del art. 1255 CCyCN / ley 27423).
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta y en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos -considerando que las actuaciones administrativas se encuentran en poder de la demandada
- proceda al recalculo del haber inicial asignado, de conformidad con los lineamientos fijados en los considerandos."
"En relación a la porción del haber correspondiente por los períodos autónomos laborados por cuenta propia, resulta aplicable lo dispuesto en el art. 24 inciso b) de la ley 24.241... A los referidos efectos, se computará todo el tiempo con aportes computados en cada una de las categorías."
"El examen de esos elementos... me conduce a concluir que el porcentaje previsto en el referido proyecto de decreto presenta un impacto generalizado sobre la totalidad de los beneficiarios del sistema... No obstante ello, atento a la obligatoriedad de las directrices emanadas del Superior, corresponde ceñirse al criterio jurisdiccional vigente."
"El artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 dispone que: '...las remuneraciones actualizadas no deberán superar el monto máximo de la base imponible establecida en el artículo 9º de la ley 24.241, vigente a la fecha de cesación de servicios...' Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria... y lo declaró inconstitucional en este acto."
Sobre inconstitucionalidad de Ley 27.609 y otros: "Difiérase el tratamiento de la inconstitucionalidad ... para la etapa de ejecución de sentencia con la limitación de quedar operativa en la medida en que exceda el 15% del incremento como es de estilo."
- Disidencias: No hay votos individuales ni sentencia colegiada; lo resuelto es el bloque dispositvo final.
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