FARIAS GLADYS YOLANDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSeS solicitando el reajuste de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°9 hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó el recálculo del haber inicial y la actualización con la movilidad determinada, y diferenció el tratamiento de determinadas cuestiones para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
Farias Gladys Yolanda (parte actora del expediente 38536/2024).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS en el marco de la ley 24.241; impugnación de normas y petición de diferencias y demás consecuencias (reserva del caso federal incluida).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a ANSeS, en el plazo de 120 días desde que exista sentencia firme, el recálculo del haber inicial asignado conforme a los lineamientos fijados en los considerandos; una vez recalculado deberá actualizarse con los aumentos emergentes de la movilidad determinada en la sentencia; los haberes actualizados deberán abonarse dentro del mismo plazo; para el cómputo de acreencias retroactivas deberán considerarse los intereses fijados y la cuestión de prescripción; se difiere el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; costas a la vencida; regulación de honorarios conforme art. 1255 CCyCN y ley 27423. (Ver parte resolutiva transcripta.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"2. La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
"Entrando en la cuestión de fondo, debo referir en relación a la pretensión de actualización del componente PBU, que dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326).... Ahora bien, teniendo en cuenta lo actualmente dispuesto por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social ... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' sent. del 11/11/14... Bajo estas consideraciones se difiere su tratamiento con estos lineamientos, para el momento de ejecución."
"5. En lo que respecta a la movilidad del haber redeterminado resultará de aplicación lo dispuesto en las leyes 26.417, 27.426, 27.609 y ccs.... Finalizada la emergencia pública... deberá ponderarse la discrepancia entre la movilidad percibida en virtud de los decretos 163/20, 495/20, 692/20 y 899/20 y los que le hubiesen correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, debiendo el organismo abonar al beneficiario las diferencias que pudieran surgir... para los meses de enero y febrero 2021 únicamente, y de allí en adelante se aplicará la nueva Ley vigente 27.609."
"11. Sobre el pedido de inconstitucionalidad del art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09 (actualizada por Resolución 03/21)... Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y declárolo inconstitucional en este acto."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el decisorio final.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: