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VOGT EDUARDO GUILLERMO c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS

El actor promovió acción contra ANSeS impugnando la aplicación de los topes previstos en el art. 9 inc. 2 y 3 de la Ley 24.463 respecto de su haber docente. El Juzgado hizo lugar al reclamo, declaró inaplicables dichos incisos por tratarse de un régimen especial y ordenó el reintegro de las sumas retenidas en 120 días, con costas a ANSeS.

Anses Inaplicabilidad Ley 24.463 art.9 Tope porcentual Escala de deducciones Beneficio docente Reintegro Ley 24.241 Intereses bcra Costas ley 27.423


¿Quién es el actor?

Vogt Eduardo Guillermo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Impugnación por inconstitucionalidad/inaplicabilidad de los topes máximos y de la escala de deducciones previstos en el art. 9 inc. 2 y 3 de la Ley 24.463 aplicados al haber docente; petición de reintegro de las sumas retenidas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción, se declaró inaplicable a la actora la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la Ley 24.463 y el tope porcentual del art. 9 inc. 3 por tratarse de un régimen especial, y se ordenó a ANSeS que en el plazo de 120 días reintegre las sumas oportunamente retenidas. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios conforme ley 27.423 y art. 1255 CCyCN.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia): "Me remito por cuestiones de economía procesal a los fallos dictados por la Excma. CFSS: ... 'Martuccio, Zulema Adelina c/Anses s/Amparos y Sumarísimos' (Expte Nº 7031/2024) ... Es por ello que, declaro la inaplicabilidad de la escala de deducciones prevista en el art. 9 inc. 2 de la Ley 24.463 por resultar al beneficio de la demandante regido por la Ley 24.016 y el ... Y lo mismo, en relación al tope del art. 9 inc. 3 de la Ley 24.463 pues es inaplicables al caso, toda vez que se encuentra regido por una ley especial." "Con respecto a la cuestión a resolver, cabe precisar que el art. 9.2 de la ley 24.463 establece que 'los haberes previsionales mensuales correspondientes a las prestaciones otorgadas en virtud de leyes anteriores a la Ley 24.241 ... estarán sujetos a la (...) escala de deducción'. Que atento a un nuevo análisis de la cuestión debatida en autos, corresponde señalar que la escala de deducciones planteada en el art. 9 inc. 2° de la ley 24.463 resulta aplicable siempre que concurran dos recaudos; en primer lugar, que se trate de beneficios acordados sobre la base de una legislación anterior a la entrada en vigencia de la ley 24.241, y en segundo, que la ley por la que se obtuvo el beneficio no provea otro tope al haber. Ahora bien, visto que la actora adquirió su beneficio previsional bajo el amparo de la ley 24.241, corresponde declarar la inaplicabilidad en la especie de la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24.463." "En consecuencia, corresponde hacer lugar a la acción impetrada, declarando la inaplicabilidad a la actora de la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24463 y ordenar al organismo demandado el reintegro de las sumas oportunamente retenidas..."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el texto; la decisión es del Juez Federal German P. Zenobi en el marco del proceso de primera instancia. Datos relevantes adicionales: fecha de adquisición del beneficio 01/08/2025; el actor percibe la variación salarial docente Res. SSS 14/09; plazo de cumplimiento: 120 días; intereses conforme tasa pasiva promedio mensual publicada por BCRA (cita precedentes Spitale y Cahais). Costas a ANSeS conforme art. 36 ley 27423.

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