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FERNANDEZ ROSA ADELAIDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a la ANSeS solicitando el reajuste de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda en cuanto a los topes cuestionados, ordenó a ANSeS acreditar y pagar las sumas que resulten dentro de 120 días desde la sentencia firme y diferir el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución.

Anses Reajustes previsionales Ley 24.241 Tope de haberes Inconstitucionalidad Prescripcion Intereses Ley 27.609 Honorarios Seguridad social


¿Quién es el actor?

FERNANDEZ ROSA ADELAIDA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales asignados por ANSeS (ley 24.241), impugnación de topes y declaración de inconstitucionalidad de normas y reglamentaciones relacionadas; petición de pago de diferencias y acreencias retroactivas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda en cuanto a los topes tratados; se ordenó a ANSeS que, dentro de los 120 días desde que exista sentencia firme, proceda conforme lo dispuesto en la parte resolutiva; se fijaron reglas sobre pago de haberes modificados, cómputo de acreencias retroactivas con intereses y prescripción, requerimientos presupuestarios por ANSeS, diferimiento del tratamiento de la ley 27.609 para la ejecución, costas a ANSeS y regulación de honorarios (15% sobre el crédito resultante), entre otras medidas.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes): Sobre prescripción: “La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma para el caso de existir sumas en favor del reclamante, desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio.” Sobre la metodología de cálculo y precedentes: “...resultaría de aplicación el precedente de la CSJN ‘Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS’ sent. del 11/11/14, fallo en el que se vincula su cálculo a las variaciones salariales y en la medida en que importe –como allí reza
- una quita Superior al 15%... Dicha metodología de cálculo debe ajustarse a los lineamientos establecidos por la Excma. Cámara del fuero...” Sobre la inconstitucionalidad de la Resolución S.S.S. 06/09 (art. 14.2): “Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto.” Sobre la inconstitucionalidad de artículos y diferimiento: “Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado...” Sobre intereses y costas: “Los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable que publica el Banco Central de la República Argentina... En consecuencia, declaro su inconstitucionalidad e impongo las mismas en el marco del art. 36 de la ley ultima citada...”
- Votos en disidencia: no se consignan votos en disidencia en el expediente; la decisión es dictada por el Juez único que firma la sentencia.

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