WAKS RAUL Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Demandantes solicitaron la incorporación al haber de retiro de suplementos creados por decretos (1305/12 y modificatorios). El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó al Ministerio de Defensa a pagar las diferencias con carácter remunerativo y bonificable, ordenando su inclusión presupuestaria y pago en 90 días.
¿Quién es el actor?
WAKS RAUL (fallecido; representante sucesorio), ENRIQUE CELESTINO y TORRES OBDULIO OSCAR.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional – Ministerio de Defensa.
- Objeto de la demanda: incorporación al concepto "sueldo" (haber de retiro) y reconocimiento con carácter remunerativo y bonificable de los suplementos creados por los decretos 1305/12, 245/13, 855/13, 614/14, 812/14 y 967/15 y resoluciones ampliatorias, con pago de las diferencias y sus intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se condenó al Estado Nacional – Ministerio de Defensa a abonar, en el plazo de 90 días y a través del organismo liquidador, las sumas resultantes de la inclusión de los citados suplementos con carácter remunerativo y bonificable (respecto de los cuales no hubiere recaído pronunciamiento judicial previo), más retroactivos e intereses; el Estado debe acreditar su incorporación a la previsión presupuestaria; las sumas adeudadas al causante WAKS RAUL serán depositadas en autos para su transferencia judicial al expediente sucesorio; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia):
"IV.
- La Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en Fallos 262:41 (causa “Del Cioppo”), con la cita expresa del miembro informante de la ley 14.777 –actual 19.101
- puntualizó que la ratio legis del art. 54, al establecer que cualquier asignación que se otorgue al personal en actividad cuando revista carácter general se acordará, en todos los casos, con el concepto de “sueldo”, fue la de evitar en el futuro la sanción u otorgamiento de incrementos de los haberes que posteriormente no se computaran a los efectos del retiro."
"Que en el caso concreto de autos, acerca del Decreto 1305/12 se ha expedido el Alto Tribunal de la Nación en la causa “SOSA, CARLA ELIZABETH Y OTROS C/EN.M.DEFENSA-EJÉRCITO S/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.” ... concluyo que le asiste razón a la parte actora, debiendo liquidarse los suplementos reclamados con carácter remunerativo y bonificable."
"VI.
- Por lo expuesto, debe prosperar la demanda interpuesta, reconociéndose a la parte actora el derecho a que se le liquiden los suplementos previstos por los decretos 1305/12, 245/13, 855/13, 614/14, 812/14 y 967/15 y Resoluciones ampiatorias, cc y equivalentes según el caso, con carácter remunerativo y bonificable, siempre que no hubiere recaído pronunciamiento judicial previo. Por tal razón se condena a la demandada, a abonar las diferencias que surjan por aplicaciòn de dichos decretos con arreglo a lo dispuesto precedentemente, con más sus intereses, que se calcularán conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina ... hasta el momento de su efectivo pago."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la sentencia.
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