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PINTO MIGUEL ALEJANDRO Y OTRO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demanda colectiva contra el descuento por Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11% para personal en actividad de fuerzas de seguridad. El Juzgado Federal de la Seguridad Social 2 hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el Decreto 679/97, ordenó el cese inmediato de su aplicación y la liquidación retroactiva de las sumas adeudadas.

Decreto 679/97 Inconstitucionalidad Aporte previsional Seguridad social Devolucion retroactiva Prescripcion Intereses bcra Gendarmeria nacional Caja de retiros pfa Costas y honorarios.


¿Quién es el actor?

Miguel Alejandro Pinto y Antonio Eduardo Santana.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad (Estado Nacional) y Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal; se presentó también Gendarmería Nacional.
- Objeto de la demanda: Se impugna la constitucionalidad del Decreto 679/1997 que elevó el aporte previsional del personal en actividad del 8% al 11%, y se reclama el cese del descuento y la devolución de las sumas descontadas con intereses.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, se ordenó el cese inmediato de su aplicación y se dispuso que la demandada y/o la Caja de Retiros de la Policía Federal practiquen en el término de noventa días la liquidación de las sumas retroactivas adeudadas, con regulación de costas para la vencida y regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo): "…los fundamentos dados por el Poder Ejecutivo Nacional no alcanzan para poner en evidencia que el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional, sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé (arg. Fallos:322:17269). En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97". "Por ello, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Declarar abstracto el tratamiento de la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por la codemandada Gendarmería Nacional. 2) Hacer lugar a la demanda incoada por Miguel Alejandro PINTO y Antonio Eduardo SANTANA, en relación al descuento impuesto por el Decreto 679/97 y remitiéndome por razones de economía procesal al fallo de la Excma. CSJN 'PINO SEBERINO Y OTROS C/E.N-MINISTERIO DEL INTERIOR' de fecha 07/10/2021. En consecuencia, declárase la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, ordénase el cese inmediato de su aplicación." "4) Costas a la vencida (art. 68 del CPCCN)." "5) Regúlanse los honorarios de la letrada María Silvia Alicia Catterino en el 15% del importe del crédito que por todo concepto resulte en favor del reclamante..."
- Prescripción e intereses: Se hizo lugar parcialmente a la excepción de prescripción respecto de las acciones, limitando el alcance a los dos años anteriores a la fecha de promoción de la demanda (art. 2562 inc. c) y 2537 del CCyC). Los intereses se liquidarán conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el BCRA, conforme precedentes de la CSJN citados en el fallo ("Spitale..."; "Cahais...").
- Votos en disidencia: No se registran disidencias en la parte resolutiva ni en el texto final; la resolución es la decisión del Juzgado (no surge voto en disidencia).

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