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BLANCO RONDON, LUISA MARIA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

La solicitante pidió la concesión de la ciudadanía argentina por carta de ciudadanía. El Juzgado Federal declaró a LUISA MARIA BLANCO RONDON ciudadana argentina y ordenó expedir la carta de ciudadanía, advirtiendo sobre la obligación de jurar fidelidad y la posible pérdida de la nacionalidad anterior.

Ciudadania Carta de ciudadania Nacionalidad Decreto 3213/84 Enrolamiento Perdida de nacionalidad Inscripcion de nacimiento Registro nacional de las personas Direccion nacional de migraciones Situacion migratoria regular


¿Quién es el actor?

LUISA MARIA BLANCO RONDON.

¿A quién se demanda?

Estado nacional/Ministerio competente (expediente caratulado "BLANCO RONDON, LUISA MARIA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA").
- Objeto de la demanda: Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía (expte. 4864/2025).

¿Qué se resolvió?

Se declaró ciudadana argentina a LUISA MARIA BLANCO RONDON, a quien se ordenó expedir la carta de ciudadanía, con las exigencias del juramento de fidelidad y el apercibimiento de enrolamiento en un año; además se comunicará la concesión a las autoridades pertinentes y se advirtió sobre la posible pérdida de la nacionalidad anterior y la cancelación por fraude u ocultamiento de datos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes): "En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si la peticionaria se encuentra comprendida en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84)." "De las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición de la interesada." "Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio." "Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que la peticionaria reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias
- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona," (Se transcribe también la parte dispositiva final:) "1.
- Declarar ciudadana argentina a LUISA MARIA BLANCO RONDON... 3.
- Expídase la carta de ciudadanía, ofíciese al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral y a la Dirección Nacional de Migraciones (conf. art. 110 de la ley 25871)." No hubo votos en disidencia: la resolución es dictada en autos por el Juez Federal ALEJANDRO PATRICIO MARANIELLO.

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