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.................... S/ RECURSO DE CASACION

Recurso de casación contra condena por homicidio agravado por el uso de arma de fuego. La Cámara resolvió rechazar el recurso, sosteniendo que la condena se fundó en un conjunto probatorio concordante —con especial valoración del testimonio presencial de Micaela Paiva y su compatibilidad con la autopsia— y rechazó la inconstitucionalidad del artículo 41 bis del Código Penal.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Facundo Catriel Torres, a través de su defensor particular Juan M. Fontana, interpuso recurso de casación contra la sentencia que lo condenó. Demandado: Ministerio Público Fiscal / Estado (traslado del pronunciamiento condenatorio). Objeto: Se impugna la condena por homicidio agravado por el uso de arma de fuego (pena de 17 años y 6 meses) por supuesta valoración arbitraria de la prueba (basada en un único testimonio presencial), contradicciones en la declaración de la testigo, falta de concordancia con la autopsia y peritajes (dermotest negativo), inconstitucionalidad de la aplicación del artículo 41 bis CP (vulneración del non bis in idem) y falta de suficiente fundamentación para la determinación de la pena. Decisión: Se rechazó el recurso de casación, con costas, y se pospuso la regulación de honorarios hasta que sean fijados en origen. La Cámara entendió que la condena se apoyó en un plexo probatorio concordante y que no existió quiebre del razonamiento valorativo del juez de grado; además, rechazó la impugnación constitucional del artículo 41 bis del CP y consideró insuficiente la crítica al monto de la pena.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Micaela Paiva, señaló que el día del hecho se encontraba sentada junto a Iván Moabro en la vereda de su domicilio y observó cuando Catriel Torres se acercó caminando junto a su tío Nazareno Da Costa. Dijo que Torres sacó un arma de fuego, lo tomó del cuerpo, le sujetó el cuello con una mano y le dijo a la víctima 'ves que si querés te mato'. Agregó que ella corrió hacia el interior de su casa por miedo, sin embargo, pudo precisar que vio que Torres sujetó a la víctima, le exhibió un arma de fuego e inmediatamente escuchó un disparo." "Con base en el plexo probatorio reseñado, el tribunal consideró que Paiva identificó de manera directa y sin dudas a Torres como la persona que se acercó a la víctima -junto con Nazareno Da Costa-, extrajo un arma de fuego, la amenazó diciéndole 'ves que si querés te mato', la sujetó del cuello y le disparó. Destacó que, aunque la testigo no observó el instante exacto en que salió el proyectil porque ingresó a su vivienda por temor, presenció la secuencia inmediatamente anterior y escuchó el disparo de manera contemporánea a esa acción." "El planteo relativo a la inconstitucionalidad del artículo 41 bis del CP no progresa. ... El artículo 41 bis del Código Penal se ubica en la parte general de dicho cuerpo legal y resulta aplicable en aquéllos tipos penales que no lleven ínsita el uso de arma de fuego. ... En razón de ello, la doble valoración prohibida denunciada no es tal, toda vez que la utilización del arma de fuego no fue valorada como circunstancia agravante (artículo 40 del Código Penal)." "Se observa en el caso que, haciendo uso de la facultad que la ley le confiere, el tribunal determinó el monto de pena dentro del marco de la escala legal aplicable, lo cual no violenta las reglas y los límites que regulan la mentada potestad. ... Las circunstancias particulares del caso bajo examen habilitan el monto de pena impuesto, y por ello el agravio al respecto no progresa."
- Votos: Sentencia acordada por mayoría; el Juez Violini expone el voto preopinante y el Juez Maidana adhiere. El dispositivo final del Tribunal confirma el rechazo del recurso.

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