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.................... S/ RECURSO DE CASACIÓN

La imputada impugnó vía recurso de casación condena en juicio abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La Cámara rechazó el recurso por improcedente y confirmó la suficiencia probatoria del fallo de grado, destacando la libertad de valoración probatoria y la imposibilidad de sustituir el debate oral omitido.

Casacion penal Juicio abreviado Tenencia con fines de comercializacion Libertad probatoria Revision limitada Improcedencia del recurso Allanmiento (13-11-2024) Secuestro: 5 5 g y 14 3 g de cocaina Balanza de precision Costas y honorarios (25%) Tribunal de casacion penal (sala v)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Verónica Elisa Carabajal, por medio de sus defensores particulares Damián Roberto Pérez y Leonel Guillermo García, interpuso recurso de casación contra la sentencia. Demandado: Ministerio Público Fiscal / sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal N° 2 de La Matanza. Objeto: Impugnación de la sentencia de juicio abreviado que la condenó por tenencia de sustancias estupefacientes con fines de comercialización (pena: cuatro años y dos meses de prisión; multa de 55 unidades fijas), solicitando la absolución o, subsidiariamente, la desagregación a tenencia simple. Decisión: Por unanimidad, la Sala V del Tribunal de Casación Penal rechazó el recurso de casación con costas y reguló honorarios de la defensa (25% de lo fijado en la instancia anterior). Se confirmó la suficiencia de la prueba valorada en el juicio abreviado y la improcedencia de generar en casación una nueva teoría probatoria o sustitución del debate oral.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La sentencia recurrida fue dictada en el marco de un de juicio abreviado acordado por las partes. Como he indicado anteriormente (c. 133.216, 'Agüero', sent. del 24-IX-2024) nuestro máximo tribunal ha dejado en claro la plena vigencia del derecho a la revisión judicial de la condena en este tipo de procedimientos indicando que 'la sentencia del juicio abreviado no puede hallarse exenta de la debida motivación y, por ende, tampoco es posible predicar a su respecto la ausencia de revisión' (S.C.B.A., P.90327, sent. del 1-III-2006, voto del juez Soria)." "La presentación de un remedio casatorio exige que se encuentre fundado en el marco de los supuestos del artículo 448 del rito, que cumpla con los requisitos establecidos por el art. 451 -escrito fundamentado, citas legales que se entiendan violadas, distinción de cada motivo de agravio-, y que además el recurso se inserte dentro de la lógica que implica haber adoptado el trámite previsto en el art. 395 del rito." "Por ende, la evidencia ponderada en el fallo es suficiente en torno a la acreditación del hecho y la intervención de la imputada en el mismo en calidad de autora del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Las maniobras realizadas por la misma en el lugar, juntamente con el secuestro de una balanza con restos de material, e inclusive la corroboración de un comprador previo, permite descartar la propuesta de la defensa, enderezada a desaplicar el tipo agravado, pues la ultrafinalidad de comercialización se encuentra suficientemente demostrada."
- Votos: Voto de la mayoría/unanimidad: el Dr. Bouchoux expone y vota por el rechazo; el Dr. Maidana adhiere. Bloque dispositivo final: "Por lo expuesto... Rechazar el recurso de casación deducido, con costas. Regular los honorarios..."

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