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.................... S/ RECURSO DE CASACION

El defensor interpuso recurso de casación contra la condena dictada en juicio abreviado por abuso sexual con acceso carnal. La Cámara de Casación Penal confirmó el tratamiento probatorio y la calificación legal y rechazó el recurso por considerar suficiente y coherente el relato de la menor y los elementos periféricos que lo corroboran.

Recurso de casacion Abuso sexual con acceso carnal Juicio abreviado Valoracion de prueba Declaracion en camara gesell Pericias psicologicas/psiquiatricas Principio in dubio pro reo Agravante acceso carnal Conviccion judicial Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensora Oficial María Eugenia Nigro, en representación de A.E.G., interpone recurso de casación contra la sentencia condenatoria. Demandado: Sentencia condenatoria dictada contra A.E.G. en el Tribunal en lo Criminal N°1 de San Isidro. Objeto: Impugna la valoración probatoria y la calificación legal (agravante "acceso carnal") que sostienen la condena por abuso sexual con acceso carnal; solicita absolución o, subsidiariamente, descarte de la agravante y reducción de pena. Decisión: La Cámara rechazó el recurso de casación con costas, confirmando la convicción probatoria sobre la materialidad y autoría y la aplicación de la agravante "acceso carnal".
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original): "De la lectura del veredicto, se aprecia que el sentenciante valoró la testifical de la damnificada (K.C.C. o K.) en Cámara Gesell, quien relató lo vivenciado con A.E.G. Contó que el acusado '. se chupaba el dedo y me metía el dedo en la cola y también me chupaba así de la nada, y lo peor de todo es que estaba la cama de él y yo estaba acá en esta cama, como dormía con mi hermanita o si no de vez en cuando dormía con las sobrinas, bueno aca está la cama y aca estaba mi hermanita, yo estaba acostada aca y el me llamo y me agarra y me lleva para la otra cama, y me bajo los pantalones y la bombacha y me empezó a hacer eso.'" "En consecuencia, y conforme todo lo reseñado, advierto que el relato de la víctima es persistente, verosímil y tiene coherencia interna, dado que no se aprecian contradicciones intrínsecas relevantes; además, se corrobora con elementos de prueba periféricos (a saber, la denuncia, los informes de distintos profesionales que entrevistaron a la madre, a la víctima y a su hermana menor, las pericias psicológicas y psiquiátricas de la víctima)." "Conforme se acreditó sin absurdo, A.E.G. introdujo dedos en el interior de la vagina de la víctima y también le practicó sexo oral, accediéndola carnalmente por dicha vía. Resta mencionar que la ausencia de lesiones en la zona genital de ningún modo resulta concluyente para descartar un ataque a la integridad sexual." Voto de mayoría (Bouchoux y Maidana): rechazo del recurso de casación con costas. No hubo voto en disidencia.

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