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.................... S/ RECURSO DE CASACION

El condenado promovió recurso de casación contra pena de nueve años de prisión por dos hechos de abuso sexual con acceso carnal y lesiones leves agravadas. La Cámara de Casación Penal rechazó el recurso por considerar que la valoración de la prueba (testimonios, informes psicológicos y médicos e indicios periféricos) permitió formar convicción razonable sobre la materialidad y autoría.

Casacion penal Abuso sexual con acceso carnal Juicio abreviado Valoracion de la prueba Perspectiva de genero e infancia Prueba testimonial y camara gesell Informes psicologicos y medicos Reserva del caso federal Condena: 9 anos de prision Lesiones leves agravadas por el vinculo

Actor: E.R.S.O. (recurrente en casación, asistido por el Defensor Oficial Gonzalo Diego Paredes Abba). Demandado: Ministerio Público Fiscal (oposición a la casación representada por la Fiscal Dra. Daniela Bersi). Objeto: Se impugna en casación la sentencia del Juzgado en lo Criminal N° 6 de San Isidro que, en juicio abreviado, condenó a E.R.S.O. a 9 años de prisión por abuso sexual con acceso carnal agravado (por sometimiento gravemente ultrajante, por el vínculo y por ser contra menores aprovechando convivencia) y por lesiones leves agravadas por el vínculo, en concurso real. Decisión: Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa, con costas; tener presente la reserva del caso federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La prueba de cargo permitió al tribunal formar razonable convicción en cuanto a la existencia de los hechos I y II y la autoría del imputado, a partir de los dichos de las víctimas y de una serie de elementos periféricos que fueron examinados en el fallo, y que derriban el estado de inocencia del justiciable." "El vicio de absurdo no se consuma porque el juzgador prefiera o atribuya trascendencia a un medio probatorio respecto de otro o se incline por la verosimilitud de alguna prueba en particular en desmedro de otra, sino que se debe evidenciar el error grave, grosero, manifiesto y fundamental que conduzca a conclusiones inconciliables con las constancias objetivas de la causa, lo que en la especie, a mi juicio no ha ocurrido..." "Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, el Tribunal resuelve: I. Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa, con costas. II. Tener presente la reserva del caso federal." (Se transcriben extractos textuales del voto y del dispositivo que constituyen los fundamentos de la mayoría; ambos jueces Bouchoux y Maidana votaron por la negativa y adhieren mutuamente). (Nota de contexto probatorio y cronológico relevante incluida en el fallo:)
- Pena impuesta en primera instancia: nueve años de prisión.
- Período fáctico señalado para Hecho 1 (víctima K.N.S.R.): desde el 14/04/2019 (cuando la menor tenía 7 años, nacida 10/04/2012) hasta la denuncia del 13/10/2022.
- Período fáctico señalado para Hecho 2 (víctima P.A.S.R.): desde marzo de 2020 (menor con 10 años, nacida 13/07/2009) hasta la denuncia del 13/10/2022.
- Práctica procesal: condena en juicio abreviado; recurso de casación interpuesto por la defensa; la Cámara sostuvo la posibilidad de revisión aun en abreviado pero dentro de los márgenes y formalidades del trámite casatorio.

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