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.................... S/ ACCION DE REVISION

Acción de revisión por supuesta existencia de hecho nuevo sobre la autoría en causa por homicidios agravados. La Cámara de Casación (Sala V) rechazó por inadmisible la acción y el ofrecimiento probatorio por no acreditar hechos o elementos nuevos que tornaran evidente la inocencia, confirmando la imposibilidad de reabrir el debate probatorio.

Accion de revision Inadmisibilidad Art. 467 cpp inc. 4 Hecho nuevo Prueba notarial Cosa juzgada Homicidio agravado Autoria Corte de casacion penal (sala v) Rechazo con costas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Antonia D´Aloia; Cesar Damián Oviedo; Cesario Oviedo, por intermedio de su defensor particular (y en un caso defensor oficial in pauperis). Demandado: Contra la sentencia firme dictada por el Tribunal en lo Criminal N°1 de Lomas de Zamora (acción de revisión dirigida a la Sala V del Tribunal de Casación Penal). Objeto: Acción de revisión extraordinaria fundando en un supuesto "hecho nuevo" (acta notarial con declaraciones de una Sra. Norma Beatriz Oviedo) que, según la defensa, demostraría que una testigo (A.G.) habría manifestado haber mentido y haber sido influida por su familia, lo que pondría en duda la autoría atribuida a los condenados; se solicitó además la toma inmediata de testimonio judicial de la Sra. Oviedo. Decisión: Rechazar por inadmisible el ofrecimiento probatorio y la acción de revisión contra la sentencia del TOC N°1 de Lomas de Zamora; con costas.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes y mayoritarios):
- "El recurrente llega a esta instancia promoviendo una acción de revisión en la que no indica con claridad qué supuesto del art. 467 CPP se verificaría en autos... solicita se le tome testimonio -inmediatamente
- en sede judicial a la Sra. Oviedo, para posteriormente resolver la causa 'en atención a la verdad de los hechos'." (voto Bouchoux, cuestión primera).
- "La defensa debe dar cuenta de la utilidad y pertinencia de la prueba solicitada y que esos parámetros se encuentran directamente vinculados a la verificación de la admisibilidad del motivo de revisión intentado. De allí que una insuficiente acreditación del supuesto que daría lugar a la revisión... impacta sobre la consideración de la utilidad y la pertinencia de la prueba solicitada." (voto Bouchoux).
- "El acta notarial acompañada para dar inicio a la presente, permite considerar si efectivamente se verifica en autos el supuesto del inc. 4° del art. 467 CPP, por lo que -al menos inicialmente
- no resulta necesaria su producción y en consecuencia encuentro inadmisible el ofrecimiento realizado por la defensa." (voto Bouchoux).
- "Las manifestaciones del accionante no encuadran en el supuesto del art. 467 del CPP que invoca, puesto que no contienen la referencia a hechos o elementos de prueba nuevos que evidencien que los imputados no cometieron el delito (art. 467 inc. 4, CPP)." (voto Bouchoux, cuestión segunda).
- "El artículo 467 inciso 4 establece claramente, como condición de admisibilidad de la revisión intentada, que los hechos o elementos de prueba tienen que tornar 'evidente' que los imputados no cometieron los hechos. Este límite obedece fundamentalmente a razones de certeza jurídica..." (voto Bouchoux).
- Conclusión dispositiva de la mayoría (bloque final): "Rechazar por inadmisible el ofrecimiento probatorio y la acción de revisión interpuesta contra la sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal N°1 del departamento judicial de Lomas de Zamora... Con costas (arts. 467 inc. 4°, 470, 471, 530 y 531 y concs., CPP)."
- Votos: Ambos magistrados (Bouchoux y Maidana) adhirieron en igual sentido; no existen votos concurrentes en disidencia.

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