.................... S/ RECURSO DE CASACIÓN
Condena en juicio abreviado por comercialización de estupefacientes con pena de cuatro años y multa. La Cámara de Casación Penal rechazó el recurso de casación y confirmó la sentencia de primera instancia por entender acreditada la autoría y la finalidad de comercio, con pruebas de tareas de inteligencia, comprador previo y 17,9 gramos fraccionados.
Actor: El defensor oficial Marcos Sánchez Clos interpone recurso de casación a favor de los condenados. Demandado: María Soledad Coronel y Enrique Díaz (condenados en primera instancia). Objeto: Se impugna la sentencia condenatoria dictada en juicio abreviado por el Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Lomas de Zamora que los declaró autores del delito de comercialización de estupefacientes solicitando sobreseimiento por insuficiencia probatoria y arbitrariedad en la valoración. Decisión: Rechazar el recurso de casación y confirmar la sentencia condenatoria (pena de 4 años de prisión, multa de 45 unidades fijas, accesorios y costas).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones textuales relevantes (fragmentos tomados del fallo, lenguaje del tribunal):
"El día 23 de junio del año 2024, alrededor de las 13:25 horas; en circunstancias en que personal policial designado al efecto, instrumentara un allanamiento ordenado por autoridad competente para con la morada-muy bien individualizada, cuyos caracteres en puntillosos detalles surgen de la acusación estatal
- ubicada en la arteria Roque Sáenz Peña, altura catastral 1740, de la Localidad de Rafael Calzada, Partido de Almirante Brown; procedió a incautar en distintos ambientes en el interior de la vivienda; una más que importante cantidad de sustancia estupefaciente del tipo cocaína, fraccionada y lista para su venta, con más elementos afines al comercio ilícito; material que dos personas, un masculino y una femenina, mayores de edad; tenían a disposición exclusiva con evidentes fines ilegales de comercialización."
"el razonamiento del casacionista omite considerar que más allá de la cantidad de cocaína secuestrada -17,9 gramos-, la misma se encontraba fraccionada en dosis destinadas al consumo y salvo uno de aquellos envoltorios que se encontró en el dormitorio de la pareja, los restantes cincuenta y siete envoltorios fueron hallados en el local comercial -kiosko
- que se encontraba al frente del domicilio. Sumado a lo antes dicho, la instrucción realizó dos diligencias de 'comprador previo' que se practicaron en presencia de un testigo de actuación y en las que se secuestraron dosis del mismo estupefaciente secuestrado en el domicilio de los imputados, que arrojaron resultado positivo al practicarse el test orientativo."
"De acuerdo a los aspectos analizados los planteos de la defensa deben reputarse improcedentes por lo que propongo al acuerdo el rechazo del recurso."
- Votos y mayoría: El Dr. Bouchoux (preopinante) propuso el rechazo del recurso por los fundamentos citados; el Dr. Maidana adhirió "en igual sentido". El bloque dispositivo final dispone: "Rechazar el recurso de casación deducido y confirmar la sentencia dictada por el Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, con costas." Ese dispositivo constituye la decisión de la mayoría.
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