.................... S/ RECURSO DE CASACION
El defensor interpuso recurso de casación contra la condena por homicidio doblemente agravado con pena de prisión perpetua. La Cámara de Casación rechazó íntegramente el recurso, validando la calificación por homicidio doloso agravado por la relación de pareja y por violencia de género y la imposición de la pena de prisión perpetua por ser proporcional al desvalor del hecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El Dr. Eduardo Roberto Zalba, Defensor Oficial departamental, en representación del imputado J. R. R., interpuso recurso de casación contra la sentencia condenatoria.
Demandado: Fiscalía y el pronunciamiento del Tribunal en lo Criminal nº 3 de Bahía Blanca que condenó a J. R. R.
Objeto: Se impugna la calificación legal (se solicitó recalificación a homicidio preterintencional o homicidio en emoción violenta/lesiones), se cuestiona la acreditación de la agravante del art. 80 inc. 11 CP (violencia de género) y se tilda de desproporcionada la pena de prisión perpetua solicitando la casación para revocar la pena o reenviar para nueva determinación.
Decisión: La Sala II del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó por improcedente el recurso de casación, confirmando la calificación por homicidio doloso agravado (art. 80 incs. 1º y 11º CP) y la pena de prisión perpetua, sin costas en la instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
"El Tribunal tuvo por acreditado que '...el imputado le causó la muerte de manera intencional a su pareja Y. A. H. N. al efectuarle múltiples golpes en la cabeza -los que produjeron hematomas en ambas regiones orbitarias, hematomas múltiples en cuero cabelludo en regiones frontal, temporal, parietal derecha y occipital-, procediendo luego a estrangularla causándole la muerte por insuficiencia respiratoria. Todas estas conductas fueron desplegadas en un contexto de violencia de género basado en una relación desigual de poder entre la víctima y el imputado.'"
"La comprensión mecánica de la laringe y la asfixia consecuente verificadas impiden razonablemente considerar la pretensión, pues ese accionar resulta absolutamente idóneo para causar la muerte."
"En efecto, resultaría contrario a las reglas de la lógica y de la experiencia sostener que quien, luego de propinar a la víctima una serie de golpes, comprime sus vías respiratorias, únicamente pretendía ocasionarle lesiones, pues la naturaleza misma de esa conducta revela, de manera razonable, una voluntad orientada a producir el resultado letal."
"El juzgador de mérito entendió, a partir de la prueba producida en el marco del debate, que la relación que mantenía R. con la víctima se encontraba caracterizada y atravesada por 'un continuo acoso psicológico'... evidenciando de ese modo, de parte del imputado, una posición de abuso respecto de su lugar de preeminencia en la relación en razón de su condición de varón."
"La prueba valorada permite concluir, sin incurrir en arbitrariedad, que la conducta homicida se desplegó en un contexto de violencia de género... No se trata, como sostiene la defensa, de una calificación fundada exclusivamente en que R. es un varón y la víctima una mujer, sino de una conclusión asentada en las concretas circunstancias acreditadas en la causa y debidamente explicitadas en la sentencia."
"La sanción establecida por el art. 80 inc. 11 del CP no vulnera los principios de proporcionalidad, dignidad humana, identidad e igualdad ante la ley, así como tampoco el derecho a la resocialización del condenado... Frente al desvalor del injusto que se aprecia en el caso concreto, el recurrente no se encarga de demostrar que la pena de prisión perpetua sea inadecuada y desproporcionada."
- Votos / mayoría: El fallo contiene voto de la Dra. Budiño como fundamento extenso y adhesión del Dr. Mancini; el dispositivo final rechaza el recurso conforme a la mayoría.
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