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.................... S/ RECURSO DE CASACION

El imputado promovió recurso de casación contra la condena dictada en juicio abreviado por privación ilegítima de la libertad agravada y abuso sexual con acceso carnal. La Cámara de Casación Penal casó parcialmente la sentencia: dejó sin efecto la declaración de reincidencia y reenvío la causa para su sustanciación, rechazando los demás agravios.

Recurso de casacion Juicio abreviado Privacion ilegitima de la libertad Abuso sexual con acceso carnal Reincidencia (anulacion) Valoracion probatoria Perspectiva de genero Derecho de defensa Art. 395 cpp Remision para sustanciacion

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Juan Carlos Laino, a través de su defensor particular Dr. Walter A. Reinoso. Demandado: Dra. Carolina Rosa Martínez (Tribunal en lo Criminal N°3 de San Martín) / Ministerio Público Fiscal en cuanto sostuvo la acusación. Objeto: Se impugna la condena acordada en juicio abreviado (art. 395 CPP) que condenó a Laino a 8 años de prisión por privación ilegítima de la libertad agravada por amenazas y uso de arma de fuego en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de armas; se cuestiona valoración probatoria, calificación legal, cuantificación de la pena y declaración de reincidencia. Decisión: Se declaró admisible el recurso de casación; se casó parcialmente la sentencia dejando sin efecto la declaración de reincidencia de Juan Carlos Laino y se ordenó el reenvío al Tribunal en lo Criminal N°3 de San Martín para que, previa sustanciación a las partes, decida sobre la reincidencia; se rechazaron los restantes agravios; sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "La posibilidad fáctica de evaluar la prueba es idéntica a la que tuvo la jueza, por existir igualdad de condiciones con la casación, pues las actas sobre las cuales falló la primera y que constan instrumentalmente en el expediente son las mismas que ahora se someten a examen... Por todo lo expuesto, el recurso resulta admisible (arts. 18 y 75, inc. 22, CN; 14, nº 5, PIDCP; 8, nº 2, h, CADH; 20 inc. 1, 450, primer párrafo, 451, 454, inc. 1, CPP)."
- "La insuficiencia probatoria invocada carece de correlato con los elementos valorados. La jueza valoró correctamente las declaraciones de la víctima Y.M.R., de 21 años... La pericia psicológica... concluyó ... que 'se observa una joven con marcada vulnerabilidad emocional y social lo que la ha posicionado en un lugar de riesgo que facilitaría las situaciones que ha descrito (...). Asimismo, no se han observado beneficios secundarios que pudieran haberla compelido a realizar una falsa aseveración.'"
- "Por último, considero errónea la declaración de reincidencia pues no fue acordada por las partes en el requerimiento abreviado... La fiscal no requirió la declaración de reincidencia y la defensa no tuvo oportunidad de replicar ni resistirla, lo que afectó el derecho de defensa y los principios de congruencia, contradicción, bilateralidad y dispositivo... Por todo lo expuesto, propongo al acuerdo casar parcialmente la sentencia, dejando sin efecto la declaración de reincidencia de Juan Carlos Laino, sin costas. En consecuencia, corresponde reenviar a la jueza de la causa para que, con la debida sustanciación, dicte pronunciamiento respecto a la aplicación del art. 50 CP; rechazar los restantes agravios..."
- Dispositivo mayoritario (texto final): "I. Declarar admisible la impugnación deducida. II. Casar parcialmente la sentencia del Tribunal en lo Criminal n° 3 de San Martín (en causa 5867), dejando sin efecto la declaración de reincidencia de Juan Carlos Laino, sin costas. III. Disponer el reenvío al Tribunal en lo Criminal N° 3 de San Martín a fin de decidir, en la presente causa N° 5867, sobre si corresponde la declaración de reincidencia de Juan Carlos Laino, previa sustanciación a las partes. IV. Rechazar los restantes agravios por improcedentes. V. Diferir la regulación de los honorarios... VI. Tener presente la reserva federal."
- Votos: El acuerdo es unánime en admitir el recurso y en casar parcialmente la sentencia; ambos jueces (Maidana y Carral) adhieren al voto que fundamenta la admisibilidad, la confirmación del resto de la condena y la anulación exclusiva de la declaración de reincidencia por falta de debate sobre ese extremo.

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