Incidente Nº 2 - IMPUTADO: MARQUEZ, EMANUEL GUILLERMO s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA
Incidente vinculado a la suspensión del juicio a prueba y cumplimiento de reglas de conducta solicitó el sobreseimiento por extinción de la acción penal. La Cámara oral federal ordenó el sobreseimiento de Emanuel Guillermo Márquez por extinción de la acción penal y la destrucción del estupefaciente incautado, fundando la decisión en el cumplimiento de las tareas impuestas y la ausencia de antecedentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Incidente promovido por o relativo a Emanuel Guillermo Márquez (encausado).
Demandado: Causa tramitada con intervención del Ministerio Público Fiscal como parte interviniente.
Objeto: Resolver la situación procesal de Emanuel Guillermo Márquez en el marco del incidente de suspensión del juicio a prueba, con pedido de sobreseimiento por extinción de la acción penal por cumplimiento de las condiciones impuestas.
Decisión: Se sobresee a Emanuel Guillermo Márquez por extinción de la acción penal en la causa N° 186/2020/TO1; se ordena la destrucción del material estupefaciente incautado y la disposición por Secretaría de los demás efectos secuestrados que no guarden relación con el delito, salvo manifestación de interés en diez (10) días hábiles.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Atento al estado procesal del presente legajo, corresponde resolver la situación de Emanuel Guillermo Márquez, a quien oportunamente se le otorgó la suspensión del proceso a prueba, imponiéndosele el cumplimiento de determinadas reglas de conductas, indicadas en la resolución nro. 37/2023-TR de registro de este Tribunal, por el término de un (1) año."
"Tal como resulta acreditado con las constancias obrantes en el presente incidente a fojas 6 y vta. y 33 y vta., y lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal a fs. 38, el causante cumplió con las tareas comunitarias en el 'Ministerio Apostólico Aposento Santo', sito en calle Francisco Ramírez y Esquiui de Roldán, e hizo efectivo el pago de la multa impuesta por dicha resolución."
"Asimismo, se encuentra agregado a fojas 35/37 vta., el informe acompañado por el Registro Nacional de Reincidencia, del cual surge que el encausado no registra antecedentes penales."
"Por tales motivos, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Fiscal Federal, corresponde dictar el sobreseimiento de Emanuel Guillermo Márquez, por extinción de la acción penal (art. 76 ter del C.P. y art. 336 inciso 1) del C.P.P.N.)."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el acuerdo.
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