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C. M. C/ P. E. L. S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Homologación de convenio sobre liquidación de sociedad conyugal y controversia por costas. La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación del accionado y revocó la imposición íntegra de costas a su cargo, disponiendo que las costas se impongan en el orden causado y difiriendo la regulación de honorarios.

Homologacion de convenio Sociedad conyugal Costas Imposicion por orden causado Sentencia homologatoria Cosa juzgada Recurso de apelacion en subsidio Cpcc arts. 36 160-162 308-309 Diferimiento de honorarios Camara de apelaciones (mar del plata)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: C., M. C. Demandado: P., E. L. S. Objeto: Homologación de convenio celebrado el 10-03-2023 relativo a la liquidación de la sociedad conyugal respecto de un inmueble y, además, medidas ejecutivas y de ejecución por supuesto incumplimiento. Decisión: La Cámara confirmó la homologación pero hizo lugar parcialmente al recurso de apelación del accionado respecto de la distribución de costas: dejó sin efecto la condena total de costas a cargo del demandado y dispuso imponer las costas de ambas instancias "en el orden causado". Diferió la regulación de honorarios para momento oportuno.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "De su simple lectura se desprende que si bien puede calificarse como escueta, cumple con los requisitos establecidos por los arts. 160 y 161 del CPCC, a saber: (i) se ha consignado la fecha y el lugar; (ii) está firmada por la jueza de primera instancia; (iii) se han expresado los fundamentos: inexistencia de mérito para el apartamiento de lo libremente convenido entre las partes conforme a lo dispuesto por los arts. 36 inc. 1°, 161, 162, 308 y 309 del CPCC (sin perjuicio de que adolece de cita de normativa de fondo, reúne los recaudos mínimos exigibles); (iv) contiene la decisión expresa, positiva y precisa de las cuestiones planteadas: se homologó el convenio de fecha 10 de marzo de 2023 ... y respecto a la solicitud de su ejecución, se indicó a las partes que deberán en su caso ocurrir por la vía pertinente (art. 36 CPCC); (v) el pronunciamiento sobre las costas: se impusieron a cargo del demandado (arts. 68 y 69 CPCC)." "Para que exista un vencimiento y la consecuente imposición de costas, debe existir un litigio, una contradicción u oposición entre partes ... En el caso, no medió controversia alguna respecto a la homologación pretendida. ... El accionado se allanó al pedido de homologación, limitándose a sostener que no medió el incumplimiento esgrimido por la reclamante y a requerir el rechazo de la ejecución por la causal invocada ... En función de lo expresado y atento a que los supuestos incumplimientos alegados en la demanda serán materia de debate y prueba en el proceso autónomo correspondiente, entiendo que en los presentes no corresponde cargar la totalidad de las costas al Sr. P. y deben establecerse por su orden (art. 68 2° párr. CPCC)." Disposición dispositiva final (texto): "I. Hacer lugar parcialmente al recurso de apelación en subsidio interpuesto por el accionado el 17-2-2026, por las razones expresadas. II. Imponer las costas de ambas instancias en el orden causado (arts. 68 2° párr., 71 CPCC). III. Diferir la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno (art. 31 ley 14.967)."

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