MENDEZ MANUEL ANGEL C/ INSTITUTO MEDICO PRIVADO MITRE SRL S/ DAÑOS Y PERJ.RESP.PROFESIONAL (EXCLUIDO ESTADO)
Demanda por daños y perjuicios por responsabilidad profesional contra Instituto Médico Privado Mitre SRL. La Cámara hizo lugar al incidente de aclaratoria planteado por la compañía de seguros y corrigió la fecha de emisión de la póliza en el considerando pertinente, por tratarse de un error material.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MÉNDEZ Manuel Ángel.
Demandado: INSTITUTO MÉDICO PRIVADO MITRE SRL.
Objeto: Reclamo por daños y perjuicios por responsabilidad profesional (acción principal del expediente).
Decisión: Se hizo lugar al pedido de aclaratoria formulado por la apoderada de la Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A. y se aclaró la sentencia definitiva de fecha 16.7.2026, corrigiendo la fecha de emisión de la póliza de responsabilidad civil que debía consignarse en el considerando "III.7", párrafo quinto, por ser un error material.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I: El apoderado de la Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A. interpuso en término recurso de aclaratoria contra la sentencia dictada el 16.7.2026, a fin de que se corrija un error material cometido al mencionar la fecha de emisión de la póliza n.° 001337956, porque se indica el día 31.8.2020 cuando en realidad fue emitida el 14.9.2020."
"II: Analizadas las constancias de autos se advierte que en la sentencia se indicó la fecha de emisión de la póliza n.° 001796913 que fue acompañada por el Instituto Médico Privado Mitre SRL al contestar la demanda el 27.4.2024, correspondiente a la Sección 'Integral de Comercio'... Con la contestación de la citada en garantía de fecha 30.4.2024 se acompañó la póliza n.° 001337956, de 'Responsabilidad Civil', que efectivamente fue emitida el 14.9.2020 y con plazo de vigencia desde las 12 horas del 15.9.2020 hasta las 12 horas del 15.9.2021."
"Corresponde: I) Hacer lugar al pedido formulado, y aclarar la sentencia definitiva dictada el 16.7.2026, estableciendo en el considerando 'III.7' párrafo quinto, que la póliza de Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A. fue emitida el 14.9.2020 (arts. 166 inc. 2 y 267 del CPCC)."
- Votos: Ambos jueces (Roberto J. Loustaunau y Alfredo E. Méndez) votaron en igual sentido y por los mismos fundamentos. No hubo disidencia.
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