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FERREYRA LAUTARO URIEL Y OTRO/A C/ ANASTASIA BAUTISTA BRUNO Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un siniestro de tránsito con alcoholemia positiva del actor y controversia sobre la atribución de la responsabilidad. La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso del actor, modificó la atribución de responsabilidad a 30% para el actor y 70% para el demandado (y su aseguradora), y rechazó el recurso del demandado.

Accidente de transito Alcoholemia Prioridad de paso Responsabilidad civil Distribucion porcentual de culpa (30%/70%) Aseguradora Danos y perjuicios Costas Ley 24.449 Cpccba.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Lautaro Uriel Ferreyra y Mauro Damián Ferreyra. Demandado: Bautista Bruno Anastasia (y la citada en garantía, Compañía de Seguros La Mercantil Andina). Objeto: Indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 17/07/2022; se reclamaron montos por daño moral ($2.000.000 fijados en primera instancia con condena efectiva de $800.000 por la atribución) y valor de reposición del rodado, entre otros rubros. Decisión: Se reanudó el llamado a sentencia y se hizo lugar parcialmente al recurso del actor: se modificó la atribución de responsabilidad fijada en la sentencia de grado, distribuyéndola en 30% sobre el actor y 70% sobre el demandado, quien junto con la aseguradora deberá responder en esa proporción. Se rechazó el recurso del demandado y la citada en garantía. Se impusieron costas del recurso del actor en 30% a su cargo y 70% al accionado; costas del recurso del demandado a cargo de éste. Se diferió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "La dinámica del accidente puede apreciarse con cierta claridad en el video ... la Toyota Hilux del demandado arriba a la encrucijada a una velocidad considerable y totalmente inadecuada para ese lugar, sin atinar a frenar o reducir su marcha. Fue así que terminó embistiendo con violencia al vehículo del accionante, quien -cabe recordar
- contaba con prioridad de paso por circular desde la derecha (arts. 41 y 64 de la ley 24.449)." "Por lo expuesto, teniendo en cuenta la mecánica general del siniestro, las velocidades de ambos vehículos al momento del choque, la violación de la prioridad de paso por parte del demandado y la alcoholemia positiva del actor, entiendo que ambas partes contribuyeron causalmente en la producción del accidente. Por todo ello, considero justo atribuirle al actor Lautaro Uriel Ferreyra el 30% del aporte causal en la producción del siniestro, en tanto que el 70% restante debe ser al demandado Bautista Bruno Anastasia, quien -junto a la citada en garantía, Compañía de Seguros La Mercantil Andina
- deberá responder en esa proporción por los daños ocasionados (arts. 1757, 1758, 1769 y cctes. del CCyC; 64 de la LNT)." "En cuanto al exceso de ocupantes, advierto que no ha sido una cuestión alegada al contestar la demanda ni la citación de garantía ... Tampoco se produjo prueba que permita establecer con certeza la cantidad máxima de ocupantes ... no corresponde ahora su tratamiento en esta instancia (arts. 34.4, 163.6, 272 y cctes. del CPCCBA)."
- Votos: la sentencia fue acordada por mayoría unánime de los Dres. Monterisi y Loustaunau (ambos votaron en igual sentido y por los mismos fundamentos). El dispositivo final coincide con los votos, por lo que la solución de la mayoría es la indicada.

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